III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-19059)
Resolución de 13 de septiembre de 2024, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con Telefónica, SA, para el apoyo de los programas de mejora del servicio de atención al visitante y otros usuarios y desarrollo digital y aplicación de las nuevas tecnologías.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230
Lunes 23 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 116749
Décima. Cumplimiento de las leyes anti-corrupción.
10.1
El Museo del Prado se compromete, reconoce y garantiza que:
a) Tanto el Museo del Prado, como cualquiera de las sociedades o personas que la
controlan, así como las filiales del Museo del Prado, sus socios, directivos, administradores,
empleados y agentes relacionados de alguna manera con el Compromiso Relevante(1), cumplirán
en todo momento durante el Compromiso Relevante (incluyendo, en su caso, la adquisición de
los productos y/o contenidos que estuvieren relacionados con el suministro de bienes y/o
prestación de servicios objeto de este acuerdo) con todas las leyes, estatutos, reglamentos y
códigos aplicables en materia de lucha contra la corrupción, incluyendo, en cualquier caso y sin
limitación, la Ley de los Estados Unidos sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero
(colectivamente, «Normativa sobre Lucha contra la Corrupción»).
(1)
«Compromiso relevante»: es el objeto del presente acuerdo.
b) Con relación al Compromiso Relevante, ni el Museo del Prado ni ninguna de las
sociedades o personas que la controlan, ni las filiales del Museo del Prado, sus socios,
directivos, administradores, empleados y agentes, ofrecerán, prometerán o entregarán,
ni a la fecha de entrada en vigor del presente acuerdo han ofrecido, prometido o
entregado, directa o indirectamente, dinero u objetos de valor a (i) ningún «Funcionario
Público»(2) a fin de influir en actuaciones de la autoridad o institución pública o, de alguna
forma, de obtener una ventaja indebida; (ii) cualquier otra persona, si se tiene
conocimiento de que todo o parte del dinero u objeto de valor será ofrecido o entregado
a un Funcionario Público para influir en actuaciones de la autoridad o institución pública
o, de alguna forma, obtener una ventaja indebida, o (iii) a cualquier otra persona, a fin de
inducirle a actuar de manera desleal o, de cualquier modo, inapropiada.
c) El Museo del Prado conservará y mantendrá libros y registros financieros
precisos y razonablemente detallados con relación a este acuerdo y el Compromiso
Relevante.
d) El Museo del Prado dispone de, y mantendrá en vigor durante la vigencia de este
acuerdo, políticas o procedimientos propios para garantizar el cumplimiento de la
Normativa sobre Lucha contra la Corrupción, y suficientes para asegurar razonablemente
que cualquier violación de dicha Normativa sobre Lucha contra la Corrupción se
prevendrá, detectará y disuadirá.
e) El Museo del Prado comunicará de inmediato a Telefónica el eventual
incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones descritas en los párrafos (a), (b) y (c)
de esta cláusula 10.1. En dicho caso de incumplimiento, Telefónica se reserva el derecho
a exigir al Museo del Prado la inmediata adopción de medidas correctivas apropiadas.
f) A efectos aclaratorios, las manifestaciones, garantías y compromisos del Museo
del Prado recogidos en esta cláusula 10.1 serán aplicables de manera íntegra a
cualesquiera terceros sujetos al control o influencia del Museo del Prado, o que actúen
en nombre del Museo del Prado, con relación al Compromiso Relevante; de forma que el
Museo del Prado manifiesta que ha adoptado las medidas razonables para asegurar el
cumplimiento de lo anterior por parte de dichos terceros. Asimismo, ningún derecho u
obligación, así como ningún servicio a ser prestado por el Museo del Prado, con relación
al Compromiso Relevante, será cedido, transferido o subcontratado a cualquier tercero
sin el previo consentimiento por escrito de Telefónica.
g) El Museo del Prado certificará que cumple con esta cláusula 10.1
periódicamente, según sea requerido por Telefónica.
cve: BOE-A-2024-19059
Verificable en https://www.boe.es
(2)
«Funcionario Público»: incluye cualquier persona que trabaje para o en nombre de un departamento
del gobierno nacional, estatal, provincial o local, cuerpo, agencia u otra entidad del gobierno (incluyendo
empresas controladas o propiedad del gobierno) o cualquier organización pública internacional. El término
también incluye a los partidos políticos, funcionarios del partido y candidatos a un cargo público.
Núm. 230
Lunes 23 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 116749
Décima. Cumplimiento de las leyes anti-corrupción.
10.1
El Museo del Prado se compromete, reconoce y garantiza que:
a) Tanto el Museo del Prado, como cualquiera de las sociedades o personas que la
controlan, así como las filiales del Museo del Prado, sus socios, directivos, administradores,
empleados y agentes relacionados de alguna manera con el Compromiso Relevante(1), cumplirán
en todo momento durante el Compromiso Relevante (incluyendo, en su caso, la adquisición de
los productos y/o contenidos que estuvieren relacionados con el suministro de bienes y/o
prestación de servicios objeto de este acuerdo) con todas las leyes, estatutos, reglamentos y
códigos aplicables en materia de lucha contra la corrupción, incluyendo, en cualquier caso y sin
limitación, la Ley de los Estados Unidos sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero
(colectivamente, «Normativa sobre Lucha contra la Corrupción»).
(1)
«Compromiso relevante»: es el objeto del presente acuerdo.
b) Con relación al Compromiso Relevante, ni el Museo del Prado ni ninguna de las
sociedades o personas que la controlan, ni las filiales del Museo del Prado, sus socios,
directivos, administradores, empleados y agentes, ofrecerán, prometerán o entregarán,
ni a la fecha de entrada en vigor del presente acuerdo han ofrecido, prometido o
entregado, directa o indirectamente, dinero u objetos de valor a (i) ningún «Funcionario
Público»(2) a fin de influir en actuaciones de la autoridad o institución pública o, de alguna
forma, de obtener una ventaja indebida; (ii) cualquier otra persona, si se tiene
conocimiento de que todo o parte del dinero u objeto de valor será ofrecido o entregado
a un Funcionario Público para influir en actuaciones de la autoridad o institución pública
o, de alguna forma, obtener una ventaja indebida, o (iii) a cualquier otra persona, a fin de
inducirle a actuar de manera desleal o, de cualquier modo, inapropiada.
c) El Museo del Prado conservará y mantendrá libros y registros financieros
precisos y razonablemente detallados con relación a este acuerdo y el Compromiso
Relevante.
d) El Museo del Prado dispone de, y mantendrá en vigor durante la vigencia de este
acuerdo, políticas o procedimientos propios para garantizar el cumplimiento de la
Normativa sobre Lucha contra la Corrupción, y suficientes para asegurar razonablemente
que cualquier violación de dicha Normativa sobre Lucha contra la Corrupción se
prevendrá, detectará y disuadirá.
e) El Museo del Prado comunicará de inmediato a Telefónica el eventual
incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones descritas en los párrafos (a), (b) y (c)
de esta cláusula 10.1. En dicho caso de incumplimiento, Telefónica se reserva el derecho
a exigir al Museo del Prado la inmediata adopción de medidas correctivas apropiadas.
f) A efectos aclaratorios, las manifestaciones, garantías y compromisos del Museo
del Prado recogidos en esta cláusula 10.1 serán aplicables de manera íntegra a
cualesquiera terceros sujetos al control o influencia del Museo del Prado, o que actúen
en nombre del Museo del Prado, con relación al Compromiso Relevante; de forma que el
Museo del Prado manifiesta que ha adoptado las medidas razonables para asegurar el
cumplimiento de lo anterior por parte de dichos terceros. Asimismo, ningún derecho u
obligación, así como ningún servicio a ser prestado por el Museo del Prado, con relación
al Compromiso Relevante, será cedido, transferido o subcontratado a cualquier tercero
sin el previo consentimiento por escrito de Telefónica.
g) El Museo del Prado certificará que cumple con esta cláusula 10.1
periódicamente, según sea requerido por Telefónica.
cve: BOE-A-2024-19059
Verificable en https://www.boe.es
(2)
«Funcionario Público»: incluye cualquier persona que trabaje para o en nombre de un departamento
del gobierno nacional, estatal, provincial o local, cuerpo, agencia u otra entidad del gobierno (incluyendo
empresas controladas o propiedad del gobierno) o cualquier organización pública internacional. El término
también incluye a los partidos políticos, funcionarios del partido y candidatos a un cargo público.