II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Notarías. (BOE-A-2024-19017)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Derecho, Entidades Jurídicas y Mediación, del Departamento de Justicia y Calidad Democrática, por la que se convoca concurso para la provisión de notarías vacantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230

Lunes 23 de septiembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 116441

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Derecho, Entidades Jurídicas y Mediación, del Departamento de Justicia y
Calidad Democrática, por la que se convoca concurso para la provisión de
notarías vacantes.

De acuerdo con el artículo 147.1.a) del Estatuto de Autonomía de Cataluña, la
Generalitat asumió la competencia ejecutiva con respecto a la convocatoria,
administración y resolución de los concursos para la provisión de notarías vacantes en el
referido ámbito territorial.
De acuerdo con lo que disponen los artículos 88 al 96, y otros concordantes del
Reglamento de la organización y régimen jurídico del notariado, aprobado por el Decreto
de 2 de junio de 1944, dentro de los turnos a que se refiere el artículo 88, según
redacción dada por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, se deben proveer las
notarías que se hallen vacantes en el día de la fecha.
El Reglamento de organización y régimen jurídico del notariado, de 2 de junio de 1944,
reformado por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, es la norma que rige la convocatoria
y resolución de los concursos para proveer las notarías vacantes, en sus artículos 93 y
siguientes. Considerando la asunción de competencias ejecutivas por Cataluña referentes a
la convocatoria, administración y resolución de los concursos, es preciso que se adopten
medidas específicas de coordinación entre las administraciones públicas competentes
consistentes, entre otras, en una convocatoria simultánea y en el análisis conjunto entre la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y la Dirección General de Derecho,
Entidades Jurídicas y Mediación de las solicitudes presentadas para que ulteriormente cada
administración resuelva respecto de las vacantes a que se refiere su ámbito territorial.
Para dar cumplimiento a lo que establece el Estatuto de Autonomía de Cataluña en
relación con los derechos de los ciudadanos a utilizar la lengua propia en las oficinas
públicas demarcadas en Cataluña, es necesario atenerse a lo que dispone la
Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, si bien se da un trato especial a los
opositores de ingreso con la finalidad de facilitar el acceso al cuerpo en las mismas
condiciones que las establecidas para los notarios del resto del Estado.
Después de la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resulta
imperativo que las solicitudes se presenten por medios electrónicos, para dar
cumplimiento a la previsión del apartado 2.c) del artículo 14 de la citada ley.
En cumplimiento de las competencias asignadas al Departamento de Justicia y
Calidad Democrática mediante el Decreto 409/2006, de 30 de octubre, en materia de
notarías y registros públicos de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles, y de
acuerdo con las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho, Entidades
Jurídicas y Mediación del Departamento de Justicia y Calidad Democrática por el
Decreto 417/2006, de 14 de noviembre;
De conformidad con lo que dispone el Decreto 47/2022, de 15 de marzo, de
reestructuración del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria, resuelvo:
1.

Plazas.

Se ofrecen en este concurso todas aquellas vacantes radicadas en el territorio de
Cataluña que se han producido hasta la fecha, las cuales se detallan en el anexo 1 de
esta resolución.

cve: BOE-A-2024-19017
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