III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-19052)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energías Renovables de Gladiateur 3, SL, de autorización administrativa previa del parque eólico El Cid V, de 33 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Teruel.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230

Lunes 23 de septiembre de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
19052

Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energías
Renovables de Gladiateur 3, SL, de autorización administrativa previa del
parque eólico El Cid V, de 33 MW de potencia instalada, y de su
infraestructura de evacuación, en la provincia de Teruel.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas en base a los siguientes:
I.
Primero.

Hechos

Solicitud de autorización administrativa previa.

Energías Renovables de Gladiateur 3, SL solicita, con fecha 26 de noviembre
de 2020, autorización administrativa previa de la instalación eólica El Cid V, de 33 MV de
potencia instalada, junto con su estructura de evacuación, en el término municipal de
Villarluengo, en la provincia de Teruel (en adelante también, el proyecto).
Admisión a trámite.

Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto de parque eólico El Cid V y su infraestructura de evacuación, en la provincia
de Teruel, había sido presentada y admitida a trámite.
Asimismo, esta Dirección General dictó acuerdo de acumulación para la tramitación
conjunta de los expedientes de autorización administrativa previa de los parques eólicos
Cabecero I de 38.5 MW; Cabecero II (SGEE/PEol-455) de 38.5 MW; Cabecero III
(SGEE/PEol-456) de 38.5 MW; Cabecero IV (SGEE/PEol-457) de 38.5 MW; Concejo I
(SGEE/PEol-443) de 44 MW; Concejo II (SGEE/PEol-440) de 44 MW; Concejo III (SGEE/
PEol-439) de 44 MW; El Cid I (SGEE/PEol-449) de 44 MW; El Cid II (SGEE/PEol-450)
de 38.5 MW; El Cid III (SGEE/PEol-451) de 44 MW; El Cid IV (SGEE/PEol-452) de 44
MW; El Cid V (SGEE/PEol-453) de 30,35 MW; La Estrella I (SGEE/PEol-441) de 44 MW;
La Estrella II (SGEE/PEol-436) de 44 MW; La Estrella III (SGEE/PEol-442) de 38.5 MW;
La Estrella IV (SGEE/PEol-404) de 38,5 MW; La Vacada I (SGEE/PEol-458) de 38,5 MW;
La Vacada II (SGEE/PEol-444) de 38,5 MW; La Vacada III (SGEE/PEol-446) de 38,5
MW; La Vacada IV (SGEE/PEol-447) de 38,5 MW; La Vacada V (SGEE/PEol-448)
de 38,5 MW; y La Vacada VI (SGEE/PEol-445) de 38,5 MW y sus infraestructuras de
evacuación, con número de expediente asociado PEol-449 AC.
Tercero. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Esta Dirección General da traslado del expediente al Área de Industria y Energía de
la Subdelegación del Gobierno en Teruel, como órgano competente para la tramitación
del expediente de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en el artículo 113 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

cve: BOE-A-2024-19052
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Segundo.