II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-19011)
Orden AUC/1003/2024, de 12 de septiembre, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230
Lunes 23 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 116411
Tercera.
Junto con la solicitud, las personas candidatas acompañarán:
– Su curriculum vitae, en el que se harán constar los títulos académicos, los puestos
de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información
dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.
– Justificación por escrito de la idoneidad para el puesto al que se aspira, en relación
con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
– Cuestionario de autoevaluación cumplimentado dirigido a valorar las competencias
directivas (anexo III).
Cuarta.
Mediante resolución de la Subdirección General de Personal se designará un mínimo
de dos personas encargadas del asesoramiento del órgano convocante durante la
resolución de la convocatoria, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.3 de la
Orden TDF/379/2024, de 26 de abril.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido para
el puesto, durante la tramitación de la presente convocatoria se celebrarán entrevistas a
aquellos aspirantes que, a juicio de las personas designadas para ejercer la asesoría del
órgano competente para el nombramiento, posean un perfil profesional más ajustado al
del puesto convocado. Dichas entrevistas serán comunicadas a los aspirantes con una
antelación mínima de cuarenta y ocho horas. Finalizadas las entrevistas, los asesores
realizarán cada uno un único informe de valoración.
Quinta.
El nombramiento se efectuará en el plazo de un mes contado desde la finalización
del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta otro mes.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su notificación, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad
(o provincia en su caso) o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección de los/las
interesados/as, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 segunda de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o,
potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de
un mes ante el mismo órgano que la dictó, de conformidad con los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2024-19011
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 12 de septiembre de 2024.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación, P. D. (Orden AUC/462/2021 de 28 de abril), el Subsecretario de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Xavier Martí Martí.
Núm. 230
Lunes 23 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 116411
Tercera.
Junto con la solicitud, las personas candidatas acompañarán:
– Su curriculum vitae, en el que se harán constar los títulos académicos, los puestos
de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información
dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.
– Justificación por escrito de la idoneidad para el puesto al que se aspira, en relación
con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
– Cuestionario de autoevaluación cumplimentado dirigido a valorar las competencias
directivas (anexo III).
Cuarta.
Mediante resolución de la Subdirección General de Personal se designará un mínimo
de dos personas encargadas del asesoramiento del órgano convocante durante la
resolución de la convocatoria, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.3 de la
Orden TDF/379/2024, de 26 de abril.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido para
el puesto, durante la tramitación de la presente convocatoria se celebrarán entrevistas a
aquellos aspirantes que, a juicio de las personas designadas para ejercer la asesoría del
órgano competente para el nombramiento, posean un perfil profesional más ajustado al
del puesto convocado. Dichas entrevistas serán comunicadas a los aspirantes con una
antelación mínima de cuarenta y ocho horas. Finalizadas las entrevistas, los asesores
realizarán cada uno un único informe de valoración.
Quinta.
El nombramiento se efectuará en el plazo de un mes contado desde la finalización
del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta otro mes.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su notificación, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad
(o provincia en su caso) o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección de los/las
interesados/as, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 segunda de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o,
potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de
un mes ante el mismo órgano que la dictó, de conformidad con los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2024-19011
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 12 de septiembre de 2024.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación, P. D. (Orden AUC/462/2021 de 28 de abril), el Subsecretario de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Xavier Martí Martí.