III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-18892)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Ciutadella de Menorca, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228
Viernes 20 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115789
acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil
de Ciutadella de Menorca y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil
pertenecientes a su partido judicial de Es Mercadal, Es Migjorn Gran y Ferreries, que han
de hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación de lo
dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil
del partido judicial de Ciutadella de Menorca, que comprende la Oficina General
del Registro Civil de Ciutadella de Menorca y a las oficinas colaboradoras del Registro
Civil de Es Mercadal, Es Migjorn Gran y Ferreries, de la aplicación informática
denominada DICIREG, del Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento del
Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio,
a las 00:00 horas del 28 de octubre de 2024.
2. El Ministerio de Justicia proveerá, en cuanto al posterior desarrollo tecnológico
evolutivo, explotación y mantenimiento, de la aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, el Encargado y el personal que presta
servicio en las oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
Segundo.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG,
el Registro Civil de Ciutadella de Menorca pasará a denominarse Oficina General
del Registro Civil de Ciutadella de Menorca y los Registros Civiles Municipales
Delegados de Es Mercadal, Es Migjorn Gran y Ferreries pasarán a denominarse oficinas
colaboradoras del Registro Civil de Es Mercadal, Es Migjorn Gran y Ferreries, según
resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria octava y en la
disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de
aplicación las demás previsiones contenidas en dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en
la Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de
la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás instrucciones,
circulares y resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la
aplicación de la Ley 20/2011.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de DICIREG,
esté prestando servicios en el Registro Civil de Ciutadella de Menorca y en las
secretarías o unidades procesales de apoyo directo de los Registros Civiles Municipales
Delegados de Es Mercadal, Es Migjorn Gran y Ferreries, continuará desarrollando sus
funciones en las oficinas del Registro Civil, según lo establecido en la disposición
transitoria octava de la Ley 20/2011, de 21 de julio y en esta resolución, aplicando las
normas reseñadas en el artículo segundo.
cve: BOE-A-2024-18892
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 228
Viernes 20 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115789
acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil
de Ciutadella de Menorca y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil
pertenecientes a su partido judicial de Es Mercadal, Es Migjorn Gran y Ferreries, que han
de hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación de lo
dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil
del partido judicial de Ciutadella de Menorca, que comprende la Oficina General
del Registro Civil de Ciutadella de Menorca y a las oficinas colaboradoras del Registro
Civil de Es Mercadal, Es Migjorn Gran y Ferreries, de la aplicación informática
denominada DICIREG, del Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento del
Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio,
a las 00:00 horas del 28 de octubre de 2024.
2. El Ministerio de Justicia proveerá, en cuanto al posterior desarrollo tecnológico
evolutivo, explotación y mantenimiento, de la aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, el Encargado y el personal que presta
servicio en las oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
Segundo.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG,
el Registro Civil de Ciutadella de Menorca pasará a denominarse Oficina General
del Registro Civil de Ciutadella de Menorca y los Registros Civiles Municipales
Delegados de Es Mercadal, Es Migjorn Gran y Ferreries pasarán a denominarse oficinas
colaboradoras del Registro Civil de Es Mercadal, Es Migjorn Gran y Ferreries, según
resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria octava y en la
disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de
aplicación las demás previsiones contenidas en dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en
la Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de
la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás instrucciones,
circulares y resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la
aplicación de la Ley 20/2011.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de DICIREG,
esté prestando servicios en el Registro Civil de Ciutadella de Menorca y en las
secretarías o unidades procesales de apoyo directo de los Registros Civiles Municipales
Delegados de Es Mercadal, Es Migjorn Gran y Ferreries, continuará desarrollando sus
funciones en las oficinas del Registro Civil, según lo establecido en la disposición
transitoria octava de la Ley 20/2011, de 21 de julio y en esta resolución, aplicando las
normas reseñadas en el artículo segundo.
cve: BOE-A-2024-18892
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Tercero.