III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-18888)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Castellón de la Plana/Castelló de la Plana, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228

Viernes 20 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 115778

Villamalefa, Chodos/Xodos, Cortes de Arenoso, Costur, Culla, Figueroles, La Pobla
Tornesa, La Serratella, La Torre d’En Besora, La Torre d’en Doménec, L’Alcora, Les
Coves de Vinromà, Llucena/Lucena del Cid, Ludiente, Oropesa del Mar/Orpesa, Sant
Joan de Moró, Sierra Engarcerán, Torreblanca, Useras/les Useres, Vall d’Alba,
Vilafamés, Vilafranca/Villafranca del Cid, Vilanova d’Alcolea, Vilar de Canes,
Villahermosa del Río, Vistabella del Maestrat y Zucaina, según resultan creadas en virtud
de lo dispuesto en la disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta,
ambas de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las demás previsiones
contenidas en dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones,
Circulares y Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la
aplicación de la Ley 20/2011.
Tercero.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de DICIREG,
esté prestando servicios en el Registro Civil de Castellón de la Plana/Castelló de la
Plana y en las secretarías o unidades procesales de apoyo directo de los Registros
Civiles Municipales Delegados de Albocàsser, Almassora, Atzeneta del Maestrat,
Benafigos, Benassal, Benicasim/Benicàssim, Benlloc, Borriol, Cabanes, Castillo de
Villamalefa, Chodos/Xodos, Cortes de Arenoso, Costur, Culla, Figueroles, La Pobla
Tornesa, La Serratella, La Torre d’En Besora, La Torre d’en Doménec, L’Alcora, Les
Coves de Vinromà, Llucena/Lucena del Cid, Ludiente, Oropesa del Mar/Orpesa, Sant
Joan de Moró, Sierra Engarcerán, Torreblanca, Useras/les Useres, Vall d’Alba,
Vilafamés, Vilafranca/Villafranca del Cid, Vilanova d’Alcolea, Vilar de Canes,
Villahermosa del Río, Vistabella del Maestrat y Zucaina, continuará desarrollando sus
funciones en las oficinas del Registro Civil, según lo establecido en la disposición
transitoria octava de la Ley 20/2011, de 21 de julio y en esta resolución, aplicando las
normas reseñadas en el artículo segundo.
Cuarto.
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública regulará, en uso de las
atribuciones comprendidas en el artículo 26 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, los
protocolos e instrucciones que resulten oportunos para el mejor desempeño del servicio.
Quinto.

Madrid, 9 de septiembre de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-18888
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La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».