III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Puertos. (BOE-A-2024-18899)
Resolución de 29 de julio de 2024, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se publica la Ordenanza reguladora de operativas de buque que puedan afectar a la calidad de las aguas portuarias y a la calidad del aire del puerto de Barcelona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 20 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 115834

– Junto al formulario normalizado, el agente consignatario deberá adjuntar
información suficiente y detallada de las operaciones a realizar incluyendo
argumentación de las razones para la realización de dicha limpieza en la zona de
servicio del Puerto de Barcelona y detallando información sobre los medios tecnológicos
con los que se llevarán a cabo dichas operaciones.
– La Autoridad Portuaria de Barcelona, de acuerdo con los criterios y normas
medioambientales que sean de aplicación, resolverá la solicitud, oída la Capitanía
Marítima de Barcelona y con previo informe vinculante del Departamento de Medio
Ambiente, que se comunicará con el agente consignatario por la misma vía con
indicación de las condiciones concretas para la realización de las operaciones, según
proceda. Así mismo, se remitirá copia al CCO de la Policía Portuaria.
1.4 Procedimiento para la comunicación previa o solicitud de autorización de
operaciones de pintura del casco del buque.
a) Las operaciones de «retoques» de pintura requerirán para su realización,
además de cumplir con los criterios generales y específicos de la actividad establecidos
en este procedimiento y las limitaciones meteorológicas y operativas, una comunicación
previa que el agente consignatario deberá remitir al menos con 12 horas de antelación
informando sobre la realización de estas operaciones al Departamento de Operaciones
Marítimas/Atraques, al Departamento de Medio Ambiente y a Centro de Control
Operativo de la Policía Portuaria, mediante correo electrónico donde se comunique el
nombre y la escala del buque, el tipo de trabajo a realizar, la fecha ETA y el muelle de
atraque:
Departamento

Medio Ambiente.

E mail

medi.ambient@portdebarcelona.cat

Operaciones Marítimas/Atraques. atracs@portdebarcelona.cat
Centro de Control Operativo.

centre.control@portdebarcelona.cat

b) Para otras operaciones de pintado se requerirá autorización expresa por parte de
la Autoridad Portuaria de Barcelona, y se procederá de la siguiente manera:
– El agente consignatario del buque deberá remitir vía correo electrónico al
Departamento de Operaciones Marítimas/Atraques y al Departamento de Medio
Ambiente, una solicitud de autorización para realizar las operaciones especificadas
utilizando el formulario normalizado de «Solicitud de autorización para reparaciones/
operaciones de buques», que consta en el apartado 2 del presente anexo.
Departamento

E mail

Operaciones Marítimas/Atraques. atracs@portdebarcelona.cat
Medio Ambiente.

medi.ambient@portdebarcelona.cat

– El tiempo de antelación para presentar la solicitud será de 48 horas antes del inicio
de la operación. Si ésta se pretende realizar el día después de un festivo o de un fin de
semana, la citada solicitud deberá ser presentada antes de 72 horas a la previsión de
inicio de esta. La no presentación en plazo de estas solicitudes podrá ser suficiente
motivo para no autorizar la actividad.
– Junto al formulario normalizado el agente consignatario deberá adjuntar
información suficiente y detallada de las operaciones a realizar incluyendo información
de la cantidad de pintura a aplicar, método de aplicación y las referencias de dicha
pintura que incluyan el color.

cve: BOE-A-2024-18899
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Núm. 228