III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2024-18814)
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 227

Jueves 19 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 115563

Además, hay que tener en cuenta, en primer lugar, el cronograma de desembolsos
previsto para los años 2024/2025 y, en segundo lugar, la evolución de la consecución de
los objetivos. Tras previa consulta con la Secretaría General de Fondos Europeos, podrá
flexibilizarse el período de ejecución de actuaciones para el cumplimiento en los
objetivos CID 326 y 470 hasta el día 1 de diciembre de 2024.
En consecuencia, para asegurar que el convenio suscrito en su momento entre el
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma Principado
de Asturias reúne todos los requisitos exigidos por la Comisión Europea en cuanto al
cumplimiento de Hitos y Objetivos, así como la justificación y trazabilidad de los
proyectos y la flexibilización anteriormente mencionada, se modifican los anexos I y II y
se da un plazo para adaptar el anexo III en este sentido.
De conformidad con la cláusula decimosegunda del convenio, se prevé la posibilidad
de modificación del mismo por acuerdo expreso de las partes firmantes, siguiendo la
misma tramitación que para su suscripción inicial.
Por todo lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y en el
artículo 140 de la citada ley, sobre las relaciones que deben regir entre las
administraciones públicas, las partes firmantes desean formalizar la presente adenda,
con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto de la adenda.

La presente adenda se formaliza con la intención de dar una nueva redacción a las
cláusulas segunda, tercera, cuarta, quinta, novena y decimocuarta del convenio suscrito
en 2021 así como la introducción de una nueva cláusula al convenio, que será la
decimoquinta y, finalmente, se dispone la modificación de los anexos I y II del convenio y
el establecimiento de un plazo para acometer la modificación del anexo III del mismo.
Segunda.

Nueva redacción del clausulado.

Se da nueva redacción a las cláusulas segunda, tercera, cuarta, quinta, novena y
decimocuarta del convenio, que pasarán a tener el siguiente tenor literal:
«Segunda. Compromisos económicos asumidos por el Ministerio de Derechos
Sociales, Consumo y Agenda 2030.
1.

Acuerdo de distribución del crédito:

2.
EU.

Partida Presupuestaria correspondiente al compromiso adquirido:

Este programa está financiado por el Instrumento Financiero Next Generation

Los compromisos de gasto adquiridos a través de estos convenios se
circunscriben a la distribución de los créditos correspondientes a las partidas
presupuestarias que se detallan a continuación, de la Ley de Presupuestos

cve: BOE-A-2024-18814
Verificable en https://www.boe.es

Mediante Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema
de Autonomía y Atención a la Dependencia de 27 de mayo de 2024 se reparte la
cuantía de mil noventa y nueve millones novecientos noventa y cuatro mil ciento
setenta y ocho euros (1.099.994.178 €) consignados en los programas 23VA,
23VB y 23VC de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023,
incorporada a la anualidad 2024, de las inversiones de la Componente 22 del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.