III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2024-18715)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud, por la que se publica el Convenio con la Iniciativa para la Humanización de la Asistencia al Nacimiento y la Lactancia, para la promoción, protección y apoyo a la lactancia materna y potenciación de la humanización de la asistencia al nacimiento.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226
Miércoles 18 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115203
Sexto.
Que, en el año 2020, con la situación generada por la pandemia de COVID-19, la
asistencia al nacimiento y la lactancia se vio alterada. Los centros sanitarios y autoridades
sanitarias establecieron medidas de reorganización asistencial, con altas más precoces,
interfiriendo con el necesario acompañamiento de las mujeres embarazadas. En el parto,
se vieron alteradas prácticas clave como el contacto piel con piel inmediato y la primera
toma de pecho en la primera hora, así como la no separación madre recién nacido durante
la estancia en la maternidad, el apoyo a la instauración de la lactancia, la asesoría en el
puerperio y la atención adecuada y cercana a madres y lactantes en atención primaria.
Por ello, aunque nos encontramos en otra situación epidemiológica de la pandemia, es
necesario continuar abordando las consecuencias de dicha situación a través del trabajo
conjunto entre Ministerio de Sanidad e IHAN, en coordinación con las comunidades
autónomas.
Séptimo.
Que, para el cumplimiento de los objetivos de salud pública de promoción, protección
y apoyo a la lactancia materna, tras más de treinta años de experiencia en todo el
mundo, la estrategia IHAN es reconocida como la mejor estrategia para aumentar el
inicio y el mantenimiento de la lactancia materna, con evidencia científica que la avala, y
contribuye a mejorar la calidad de la atención, la salud de la población y a disminuir el
gasto sanitario y social derivado de prácticas de alimentación inadecuadas.
Que siendo la promoción de la lactancia materna y la instauración de la estrategia
IHAN en las instituciones sanitarias un objetivo de salud pública y de calidad asistencial
recogidos tanto en las Estrategias del SNS como en los compromisos internacionales
adquiridos por España y no teniendo el Ministerio de Sanidad los recursos adecuados
para ello, son necesarios la colaboración y el trabajo conjunto con la IHAN, como
organización reconocida por la OMS y UNICEF en España para la implementación de
esta estrategia.
Octavo.
ESTIPULACIONES
Primera. Finalidad del convenio.
Las partes firmantes suscriben el presente convenio con el fin de potenciar la
protección, promoción y apoyo a la lactancia materna y el fomento de la humanización y
la calidad de las prácticas clínicas relacionadas con la atención al parto, nacimiento,
cve: BOE-A-2024-18715
Verificable en https://www.boe.es
Que ambas entidades reconocen la existencia de objetivos e intereses comunes en la
mejora de la calidad asistencial y de la salud pública, así como la voluntad de colaborar y
establecer fórmulas de cooperación que posibiliten el cumplimiento de sus fines para
seguir con el trabajo realizado al amparo de los convenios previos de duración anual entre
la IHAN y el Ministerio de Sanidad, suscritos el 12 de noviembre de 2019, el 3 de agosto
de 2021, el 5 de agosto de 2022 y el 5 de septiembre de 2023. En dichos convenios, la
IHAN y el Ministerio de Sanidad se comprometieron a actuaciones de colaboración en el
desarrollo y la implementación de las estrategias del SNS, sensibilización a la ciudadanía
y alfabetización sanitaria, formación y sensibilización a profesionales de la salud,
protección de la lactancia materna y monitorización, investigación y seguimiento. A la vista
de estas experiencias ambas entidades reconocen la necesidad de dar continuidad a las
actuaciones, facilitar su desarrollo durante periodos de tiempo más largos y avanzar en
aquellas actuaciones que se habían visto limitadas por el periodo de vigencia anual de los
anteriores convenios, por ello acuerdan el presente convenio de vigencia de dos años que
se regirá mediante las siguientes
Núm. 226
Miércoles 18 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115203
Sexto.
Que, en el año 2020, con la situación generada por la pandemia de COVID-19, la
asistencia al nacimiento y la lactancia se vio alterada. Los centros sanitarios y autoridades
sanitarias establecieron medidas de reorganización asistencial, con altas más precoces,
interfiriendo con el necesario acompañamiento de las mujeres embarazadas. En el parto,
se vieron alteradas prácticas clave como el contacto piel con piel inmediato y la primera
toma de pecho en la primera hora, así como la no separación madre recién nacido durante
la estancia en la maternidad, el apoyo a la instauración de la lactancia, la asesoría en el
puerperio y la atención adecuada y cercana a madres y lactantes en atención primaria.
Por ello, aunque nos encontramos en otra situación epidemiológica de la pandemia, es
necesario continuar abordando las consecuencias de dicha situación a través del trabajo
conjunto entre Ministerio de Sanidad e IHAN, en coordinación con las comunidades
autónomas.
Séptimo.
Que, para el cumplimiento de los objetivos de salud pública de promoción, protección
y apoyo a la lactancia materna, tras más de treinta años de experiencia en todo el
mundo, la estrategia IHAN es reconocida como la mejor estrategia para aumentar el
inicio y el mantenimiento de la lactancia materna, con evidencia científica que la avala, y
contribuye a mejorar la calidad de la atención, la salud de la población y a disminuir el
gasto sanitario y social derivado de prácticas de alimentación inadecuadas.
Que siendo la promoción de la lactancia materna y la instauración de la estrategia
IHAN en las instituciones sanitarias un objetivo de salud pública y de calidad asistencial
recogidos tanto en las Estrategias del SNS como en los compromisos internacionales
adquiridos por España y no teniendo el Ministerio de Sanidad los recursos adecuados
para ello, son necesarios la colaboración y el trabajo conjunto con la IHAN, como
organización reconocida por la OMS y UNICEF en España para la implementación de
esta estrategia.
Octavo.
ESTIPULACIONES
Primera. Finalidad del convenio.
Las partes firmantes suscriben el presente convenio con el fin de potenciar la
protección, promoción y apoyo a la lactancia materna y el fomento de la humanización y
la calidad de las prácticas clínicas relacionadas con la atención al parto, nacimiento,
cve: BOE-A-2024-18715
Verificable en https://www.boe.es
Que ambas entidades reconocen la existencia de objetivos e intereses comunes en la
mejora de la calidad asistencial y de la salud pública, así como la voluntad de colaborar y
establecer fórmulas de cooperación que posibiliten el cumplimiento de sus fines para
seguir con el trabajo realizado al amparo de los convenios previos de duración anual entre
la IHAN y el Ministerio de Sanidad, suscritos el 12 de noviembre de 2019, el 3 de agosto
de 2021, el 5 de agosto de 2022 y el 5 de septiembre de 2023. En dichos convenios, la
IHAN y el Ministerio de Sanidad se comprometieron a actuaciones de colaboración en el
desarrollo y la implementación de las estrategias del SNS, sensibilización a la ciudadanía
y alfabetización sanitaria, formación y sensibilización a profesionales de la salud,
protección de la lactancia materna y monitorización, investigación y seguimiento. A la vista
de estas experiencias ambas entidades reconocen la necesidad de dar continuidad a las
actuaciones, facilitar su desarrollo durante periodos de tiempo más largos y avanzar en
aquellas actuaciones que se habían visto limitadas por el periodo de vigencia anual de los
anteriores convenios, por ello acuerdan el presente convenio de vigencia de dos años que
se regirá mediante las siguientes