III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2024-18715)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud, por la que se publica el Convenio con la Iniciativa para la Humanización de la Asistencia al Nacimiento y la Lactancia, para la promoción, protección y apoyo a la lactancia materna y potenciación de la humanización de la asistencia al nacimiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226
Miércoles 18 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115200
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE SANIDAD
18715
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Salud
Pública y Equidad en Salud, por la que se publica el Convenio con la
Iniciativa para la Humanización de la Asistencia al Nacimiento y la Lactancia,
para la promoción, protección y apoyo a la lactancia materna y potenciación
de la humanización de la asistencia al nacimiento.
Suscrito el 5 de septiembre de 2024, Convenio entre el Ministerio de Sanidad y la
Iniciativa para la Humanización de la Asistencia al Nacimiento y la Lactancia, para la
promoción, protección y apoyo a la lactancia materna y potenciación de la humanización
de la asistencia al nacimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
de esta resolución.
Madrid, 12 de septiembre de 2024.–El Director General de Salud Pública y Equidad
en Salud, Pedro Gullón Tosio.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Sanidad y la Iniciativa para la Humanización de la
Asistencia al Nacimiento y la Lactancia, para la promoción, protección y apoyo a la
lactancia materna y potenciación de la humanización de la asistencia al nacimiento
REUNIDOS
De una parte, don Pedro Gullón Tosio, Director General de Salud Pública y Equidad
en Salud del Ministerio de Sanidad, en virtud del Real Decreto 30/2024, de 9 de enero,
por el que se dispone su nombramiento, y actuando en el ejercicio de la competencia
que se le otorga por delegación de la Secretaría de Estado de Sanidad, recogido en el
artículo 19, apartado 3, de la Orden SND/1298/2022, de 22 de diciembre, sobre fijación
de límites para administrar determinados créditos para gastos, para conceder
subvenciones y de delegación de competencias.
De otra parte, doña Asunción Montero Fuentes, Secretaria General y representante
legal de Cruz Roja Española actuando en nombre y representación de la entidad, con n.º
de CIF: Q2866001G, según poder otorgado ante el Notario de Madrid, don Segismundo
Álvarez Royo-Villanova, el día 16 de mayo de 2023, bajo el número 1565 de su protocolo.
Reconociéndose ambas partes capacidad jurídica suficiente y en ejercicio de las
facultades que por razón de su cargo tienen atribuidas, en nombre de las entidades que
representan,
Primero.
Que la Constitución Española en el artículo 149.1.16.ª atribuye al Estado la competencia
en materia de bases y coordinación general de la sanidad. La Ley 14/1986, de 25 de abril,
General de Sanidad, establece en el artículo 3.1 que los medios y actuaciones del sistema
sanitario estarán orientados prioritariamente a la promoción de la salud y a la prevención de
las enfermedades. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema
Nacional de Salud dispone las bases para una prestación asistencial de calidad por los
cve: BOE-A-2024-18715
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Núm. 226
Miércoles 18 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115200
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE SANIDAD
18715
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Salud
Pública y Equidad en Salud, por la que se publica el Convenio con la
Iniciativa para la Humanización de la Asistencia al Nacimiento y la Lactancia,
para la promoción, protección y apoyo a la lactancia materna y potenciación
de la humanización de la asistencia al nacimiento.
Suscrito el 5 de septiembre de 2024, Convenio entre el Ministerio de Sanidad y la
Iniciativa para la Humanización de la Asistencia al Nacimiento y la Lactancia, para la
promoción, protección y apoyo a la lactancia materna y potenciación de la humanización
de la asistencia al nacimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
de esta resolución.
Madrid, 12 de septiembre de 2024.–El Director General de Salud Pública y Equidad
en Salud, Pedro Gullón Tosio.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Sanidad y la Iniciativa para la Humanización de la
Asistencia al Nacimiento y la Lactancia, para la promoción, protección y apoyo a la
lactancia materna y potenciación de la humanización de la asistencia al nacimiento
REUNIDOS
De una parte, don Pedro Gullón Tosio, Director General de Salud Pública y Equidad
en Salud del Ministerio de Sanidad, en virtud del Real Decreto 30/2024, de 9 de enero,
por el que se dispone su nombramiento, y actuando en el ejercicio de la competencia
que se le otorga por delegación de la Secretaría de Estado de Sanidad, recogido en el
artículo 19, apartado 3, de la Orden SND/1298/2022, de 22 de diciembre, sobre fijación
de límites para administrar determinados créditos para gastos, para conceder
subvenciones y de delegación de competencias.
De otra parte, doña Asunción Montero Fuentes, Secretaria General y representante
legal de Cruz Roja Española actuando en nombre y representación de la entidad, con n.º
de CIF: Q2866001G, según poder otorgado ante el Notario de Madrid, don Segismundo
Álvarez Royo-Villanova, el día 16 de mayo de 2023, bajo el número 1565 de su protocolo.
Reconociéndose ambas partes capacidad jurídica suficiente y en ejercicio de las
facultades que por razón de su cargo tienen atribuidas, en nombre de las entidades que
representan,
Primero.
Que la Constitución Española en el artículo 149.1.16.ª atribuye al Estado la competencia
en materia de bases y coordinación general de la sanidad. La Ley 14/1986, de 25 de abril,
General de Sanidad, establece en el artículo 3.1 que los medios y actuaciones del sistema
sanitario estarán orientados prioritariamente a la promoción de la salud y a la prevención de
las enfermedades. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema
Nacional de Salud dispone las bases para una prestación asistencial de calidad por los
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