III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-18681)
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y la Institución Internacional SEK, para la realización de actividades académicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 18 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115040
II. Que la Institución Internacional SEK es una institución fundada en 1892,
actualmente constituida como sociedad anónima desde el cinco de marzo de mil
novecientos noventa y siete al amparo de las leyes costarricenses, e inscrita en el
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional de Costa Rica a los tomos 1001,
1318 y 1429, folios 154, 125 y 26, asientos 179, 124 y 22, respectivamente, así como del
tomo 2023, asiento 693769, cuyo objeto principal es la educación, con acento especial
en la educación bilingüe. La Red de centros educativos de la Institución Internacional
SEK se compone de una veintena de centros de enseñanza infantil, primaria, secundaria
y superior, situados en 17 países de Europa, América y África. Todos los centros de la
Institución Internacional SEK están oficialmente reconocidos en los países donde se
encuentran.
III. Que el Instituto Cervantes, con el fin de ampliar su presencia en España y en el
exterior, de favorecer la colaboración con instituciones nacionales y extranjeras, y de
promover una enseñanza de calidad, cuenta con el Sistema de Acreditación de Centros
de Español como Lengua Extranjera (SACIC), en virtud del cual acredita el cumplimiento
de un conjunto de requisitos y criterios por parte de instituciones educativas que
imparten servicios de formación a aprendientes de español como lengua extranjera, y
que permite que los centros que obtienen un dictamen técnico-académico favorable y un
informe jurídico favorable puedan ser propuestos para recibir el reconocimiento como
«Centro Acreditado por el Instituto Cervantes», para su actividad como centros de
enseñanza de español a extranjeros.
IV. Que la Institución Internacional SEK ya cuenta con la acreditación SACIC para
uno de sus centros, el Centro de Educación Superior de Negocios, Innovación y
Tecnología, IUNIT, que ha sido reconocido como «Centro Acreditado por el Instituto
Cervantes» para sus cursos de español y que, dada la positiva experiencia en el proceso
y el desarrollo que ha experimentado su proyecto en la preparación y el mantenimiento
de la acreditación, está interesado en promover la calidad de la enseñanza del español
como lengua extranjera en sus centros de España y de fuera de España con oferta de
enseñanza de ELE y que, para ello, quiere tomar como referencia el SACIC,
promoviendo que los centros educativos de su organización que oferten ELE preparen y
soliciten esta acreditación.
V. Que el Instituto Cervantes y la Institución Internacional SEK comparten el
objetivo de conseguir unos niveles de calidad óptimos para todos y cada uno de los
centros acreditados, entre los que se desea incluir las escuelas que están integradas en
la Institución Internacional SEK. Tanto el Instituto Cervantes como la Institución
Internacional SEK son conscientes del impacto positivo que el reconocimiento como
«Centro Acreditado por el Instituto Cervantes», regulado por el SACIC tiene en la mejora
de la actividad de los centros de español que postulan a este sello de calidad, así como
en la percepción internacional del sector de centros de ELE en su conjunto.
VI. Que, conforme a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, el presente convenio marco fija unos compromisos iniciales entre los
firmantes para posteriormente suscribir convenios específicos que los concreten.
VII. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, el presente acuerdo ha sido informado favorablemente por el servicio
jurídico del Instituto Cervantes.
VIII. Que el presente convenio ha sido objeto de la autorización prevista en el
artículo 50.2 c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, con fecha 29 de julio de 2024.
IX. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes aprobó, en su sesión
de 30 de septiembre de 2010, los criterios para la firma de convenios con instituciones,
tanto culturales como de carácter social, para la realización de actividades conducentes
al cumplimiento de los fines del Instituto Cervantes y que este convenio cumple con
dichos criterios.
cve: BOE-A-2024-18681
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 226
Miércoles 18 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115040
II. Que la Institución Internacional SEK es una institución fundada en 1892,
actualmente constituida como sociedad anónima desde el cinco de marzo de mil
novecientos noventa y siete al amparo de las leyes costarricenses, e inscrita en el
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional de Costa Rica a los tomos 1001,
1318 y 1429, folios 154, 125 y 26, asientos 179, 124 y 22, respectivamente, así como del
tomo 2023, asiento 693769, cuyo objeto principal es la educación, con acento especial
en la educación bilingüe. La Red de centros educativos de la Institución Internacional
SEK se compone de una veintena de centros de enseñanza infantil, primaria, secundaria
y superior, situados en 17 países de Europa, América y África. Todos los centros de la
Institución Internacional SEK están oficialmente reconocidos en los países donde se
encuentran.
III. Que el Instituto Cervantes, con el fin de ampliar su presencia en España y en el
exterior, de favorecer la colaboración con instituciones nacionales y extranjeras, y de
promover una enseñanza de calidad, cuenta con el Sistema de Acreditación de Centros
de Español como Lengua Extranjera (SACIC), en virtud del cual acredita el cumplimiento
de un conjunto de requisitos y criterios por parte de instituciones educativas que
imparten servicios de formación a aprendientes de español como lengua extranjera, y
que permite que los centros que obtienen un dictamen técnico-académico favorable y un
informe jurídico favorable puedan ser propuestos para recibir el reconocimiento como
«Centro Acreditado por el Instituto Cervantes», para su actividad como centros de
enseñanza de español a extranjeros.
IV. Que la Institución Internacional SEK ya cuenta con la acreditación SACIC para
uno de sus centros, el Centro de Educación Superior de Negocios, Innovación y
Tecnología, IUNIT, que ha sido reconocido como «Centro Acreditado por el Instituto
Cervantes» para sus cursos de español y que, dada la positiva experiencia en el proceso
y el desarrollo que ha experimentado su proyecto en la preparación y el mantenimiento
de la acreditación, está interesado en promover la calidad de la enseñanza del español
como lengua extranjera en sus centros de España y de fuera de España con oferta de
enseñanza de ELE y que, para ello, quiere tomar como referencia el SACIC,
promoviendo que los centros educativos de su organización que oferten ELE preparen y
soliciten esta acreditación.
V. Que el Instituto Cervantes y la Institución Internacional SEK comparten el
objetivo de conseguir unos niveles de calidad óptimos para todos y cada uno de los
centros acreditados, entre los que se desea incluir las escuelas que están integradas en
la Institución Internacional SEK. Tanto el Instituto Cervantes como la Institución
Internacional SEK son conscientes del impacto positivo que el reconocimiento como
«Centro Acreditado por el Instituto Cervantes», regulado por el SACIC tiene en la mejora
de la actividad de los centros de español que postulan a este sello de calidad, así como
en la percepción internacional del sector de centros de ELE en su conjunto.
VI. Que, conforme a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, el presente convenio marco fija unos compromisos iniciales entre los
firmantes para posteriormente suscribir convenios específicos que los concreten.
VII. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, el presente acuerdo ha sido informado favorablemente por el servicio
jurídico del Instituto Cervantes.
VIII. Que el presente convenio ha sido objeto de la autorización prevista en el
artículo 50.2 c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, con fecha 29 de julio de 2024.
IX. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes aprobó, en su sesión
de 30 de septiembre de 2010, los criterios para la firma de convenios con instituciones,
tanto culturales como de carácter social, para la realización de actividades conducentes
al cumplimiento de los fines del Instituto Cervantes y que este convenio cumple con
dichos criterios.
cve: BOE-A-2024-18681
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 226