III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-18680)
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes e Indra Sistemas, SA, para el desarrollo de actividades culturales y académicas en 2024 y 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226
Miércoles 18 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115033
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
18680
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes e Indra
Sistemas, SA, para el desarrollo de actividades culturales y académicas en
2024 y 2025.
Con fecha 5 de septiembre de 2024 se suscribió un Convenio entre el Instituto
Cervantes e Indra Sistemas, SA, para el desarrollo de actividades culturales y
académicas del Instituto Cervantes en 2024 y 2025.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 11 de septiembre de 2024.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.
ANEXO
Convenio entre el Instituto Cervantes e Indra Sistemas, SA, para el desarrollo
de actividades culturales y académicas del Instituto Cervantes en 2024 y 2025
De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director del Instituto Cervantes, cargo
para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio de 2018 (BOE de 21
de julio), y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de
marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación del
Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Alcalá, 49,
28014 Madrid y NIF Q-2812007-I. En adelante, el «Instituto Cervantes» o «el IC».
Y, de otra parte, don Luis Antonio Permuy Muñoz-Rivero y don Sergio Sánchez Benítez
en su calidad de apoderados mancomunados de Indra Sistemas, SA, con domicilio en avda.
de Bruselas, 35, 28108 Alcobendas, Madrid, y NIF A28599033, de conformidad con lo
establecido en los poderes otorgados ante el Notario de Alcobendas (Madrid), don Gerardo
Von Wichmann Rovira, en fechas 28 de junio de 2017 y el 23 de marzo de 2022 bajo los
números 2.764 y 1.173 de su protocolo, respectivamente. En adelante, «Indra».
El Instituto Cervantes e Indra serán denominados en adelante conjuntamente como
las «partes» y cada una de ellas individualmente como la «parte».
Ambas partes, que manifiestan y aseguran que intervienen con capacidad legal
necesaria y competencia suficiente, suscriben el presente convenio y, a tal efecto,
I. Que el Instituto Cervantes es un organismo público, sin ánimo de lucro, creado al
amparo de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, con personalidad jurídica propia y capacidad
de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación, cuyos fines y objetivos primordiales son la promoción
universal de la lengua española y la difusión de la cultura en el exterior.
II. Que el Instituto Cervantes es considerado una entidad beneficiaria del mecenazgo
de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de
las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
cve: BOE-A-2024-18680
Verificable en https://www.boe.es
MANIFIESTAN
Núm. 226
Miércoles 18 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115033
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
18680
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes e Indra
Sistemas, SA, para el desarrollo de actividades culturales y académicas en
2024 y 2025.
Con fecha 5 de septiembre de 2024 se suscribió un Convenio entre el Instituto
Cervantes e Indra Sistemas, SA, para el desarrollo de actividades culturales y
académicas del Instituto Cervantes en 2024 y 2025.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 11 de septiembre de 2024.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.
ANEXO
Convenio entre el Instituto Cervantes e Indra Sistemas, SA, para el desarrollo
de actividades culturales y académicas del Instituto Cervantes en 2024 y 2025
De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director del Instituto Cervantes, cargo
para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio de 2018 (BOE de 21
de julio), y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de
marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación del
Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Alcalá, 49,
28014 Madrid y NIF Q-2812007-I. En adelante, el «Instituto Cervantes» o «el IC».
Y, de otra parte, don Luis Antonio Permuy Muñoz-Rivero y don Sergio Sánchez Benítez
en su calidad de apoderados mancomunados de Indra Sistemas, SA, con domicilio en avda.
de Bruselas, 35, 28108 Alcobendas, Madrid, y NIF A28599033, de conformidad con lo
establecido en los poderes otorgados ante el Notario de Alcobendas (Madrid), don Gerardo
Von Wichmann Rovira, en fechas 28 de junio de 2017 y el 23 de marzo de 2022 bajo los
números 2.764 y 1.173 de su protocolo, respectivamente. En adelante, «Indra».
El Instituto Cervantes e Indra serán denominados en adelante conjuntamente como
las «partes» y cada una de ellas individualmente como la «parte».
Ambas partes, que manifiestan y aseguran que intervienen con capacidad legal
necesaria y competencia suficiente, suscriben el presente convenio y, a tal efecto,
I. Que el Instituto Cervantes es un organismo público, sin ánimo de lucro, creado al
amparo de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, con personalidad jurídica propia y capacidad
de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación, cuyos fines y objetivos primordiales son la promoción
universal de la lengua española y la difusión de la cultura en el exterior.
II. Que el Instituto Cervantes es considerado una entidad beneficiaria del mecenazgo
de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de
las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
cve: BOE-A-2024-18680
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