III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-18609)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio entre el Centro de Atención a Personas con Discapacidad Física de Ferrol y la Universidad de A Coruña, para la realización de prácticas académicas en centros del Imserso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225

Martes 17 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 114655

dispuesto en el artículo 50 de la citada ley, siguiendo la misma tramitación que para su
suscripción.
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman el presente convenio digitalmente, tomándose como fecha de formalización
del presente documento la fecha del último firmante (2 de agosto de 2024).–Por el
Instituto de Mayores y Servicios Sociales, la Directora General, María Teresa Sancho
Castiello.–Por la Universidad de A Coruña, el Rector, Ricardo Cao Abad.
ANEXO
El presente anexo técnico se incorpora al convenio suscrito entre el Imserso, a través
del Centro de Atención a las Personas con Discapacidad Física de Ferrol y la
Universidad de A Coruña, firmado el (fecha), de (mes) de (año) para la realización de
prácticas académicas externas.
Detalle de las prácticas a desarrollar en el Centro de Atención de Personas
con Discapacidad Física de Ferrol del Imserso
Alumno/a:
Dirección:

DNI:

Estudios que realiza:
Fecha de inicio:

Fecha de finalización:

Jornada de prácticas.

Horas al día
(orientativo):

Días de la semana
(orientativo):

Tutor del centro:
Tutor de la universidad:
Contenido de las prácticas:
Seguros.

Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas

a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
profesor de la universidad y por un profesional que preste servicios en la empresa,
institución o entidad donde se realice la misma.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la universidad.
c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde ha
realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y,
en su caso, su rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule, la aportación económica de la
entidad colaboradora, en concepto de bolsa o ayuda al estudio.
e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
f) A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de
seguridad y prevención de riesgos laborales.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.

cve: BOE-A-2024-18609
Verificable en https://www.boe.es

1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes
tendrán los siguientes derechos: