II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-18510)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 16 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 114065
5.11 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el edificio Hospital Real, plaza Falla, núm. 8, CP 11003 Cádiz, teléfono 956015039 y
en la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es. El Tribunal dispondrá que,
en esta sede, al menos una persona, integrante o no del Tribunal, atenderá cuantas
cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.
5.12 El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda
establecida en el artículo 20 y en el anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz
sobre indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.
5.13 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el
proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta que contravenga lo aquí establecido será nula de pleno derecho.
6.
Desarrollo de los ejercicios
6.1 El primer ejercicio no se celebrará antes del 1 de noviembre de 2024. La fecha,
lugar y hora de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición se hará pública
en la página web del área de personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas) junto
con el listado definitivo de admisión y exclusión. La publicación de los anuncios de
celebración de los siguientes ejercicios se efectuará en la página web mencionada, con
veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de los mismos.
6.2 Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en único
llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los
casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden
de actuación de las personas aspirantes en el que se requiera de una actuación
individualizada se iniciará, según la ordenación alfabética resultante del listado de
admisión de aspirantes, por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra que
corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo
realizado anualmente por la Administración General del Estado.
6.3 En cualquier momento, las personas aspirantes podrán ser requeridas por el
Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.4 Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa
de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará
condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan
quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos
razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de
las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han
superado el proceso selectivo.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada deberá proponer
su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
6.6 Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de
la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente,
conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2024-18510
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 224
Lunes 16 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 114065
5.11 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el edificio Hospital Real, plaza Falla, núm. 8, CP 11003 Cádiz, teléfono 956015039 y
en la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es. El Tribunal dispondrá que,
en esta sede, al menos una persona, integrante o no del Tribunal, atenderá cuantas
cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.
5.12 El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda
establecida en el artículo 20 y en el anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz
sobre indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.
5.13 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el
proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta que contravenga lo aquí establecido será nula de pleno derecho.
6.
Desarrollo de los ejercicios
6.1 El primer ejercicio no se celebrará antes del 1 de noviembre de 2024. La fecha,
lugar y hora de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición se hará pública
en la página web del área de personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas) junto
con el listado definitivo de admisión y exclusión. La publicación de los anuncios de
celebración de los siguientes ejercicios se efectuará en la página web mencionada, con
veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de los mismos.
6.2 Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en único
llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los
casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden
de actuación de las personas aspirantes en el que se requiera de una actuación
individualizada se iniciará, según la ordenación alfabética resultante del listado de
admisión de aspirantes, por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra que
corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo
realizado anualmente por la Administración General del Estado.
6.3 En cualquier momento, las personas aspirantes podrán ser requeridas por el
Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.4 Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa
de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará
condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan
quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos
razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de
las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han
superado el proceso selectivo.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada deberá proponer
su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
6.6 Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de
la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente,
conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2024-18510
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 224