II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-18510)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Administrativa.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224
Lunes 16 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 114062
La presentación electrónica de la solicitud requiere del uso del certificado digital de la
persona interesada. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados, en su
caso, los documentos requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso, la solicitud
deberá ser firmada electrónicamente. Posteriormente, se deberá pulsar el botón
«Presentar», obteniéndose entonces un recibo en el que figurará el código de registro,
fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo será documento justificativo
de la presentación de la solicitud, por lo que éste no podrá entender que ha concluido los
trámites de presentación de la solicitud si no ha finalizado los mismos con la obtención
del citado recibo.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso
obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el
tiempo y en la forma descrita o la falta de firma del formulario supondrá la inadmisión de
la persona aspirante.
3.2 Las personas interesadas deberán acompañar a la solicitud la siguiente
documentación:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o Tarjeta de Identidad de
Extranjero, en vigor.
b) Copia de la titulación académica exigida en la convocatoria. Los documentos que
acreditan estar en posesión de la titulación académica son el título oficial, certificación
supletoria vigente o resguardo acreditativo del abono de los derechos de expedición.
c) Para la valoración de los aspirantes en la fase de concurso, deberán presentar
junto con la solicitud, relación de méritos alegados, según modelo disponible en la
página web del Área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, así como la
documentación acreditativa de los mismos.
Quienes presten o hayan prestado servicios como personal de la Universidad de
Cádiz, sólo tendrán que alegar los méritos, no siendo necesario adjuntar la
documentación justificativa, excepto que la misma no conste en el expediente del Área
de Personal.
No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo de presentación
de solicitudes.
d) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de
examen serán de 20 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente
número ES69-0049-4870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de
«Universidad de Cádiz», indicando «PS ADM INF TL 24 + nombre de la persona
aspirante».
La falta de pago de la tasa por derechos de examen durante el plazo de presentación
de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante. En
ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo
acompañar a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por
el órgano competente.
b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral actualizada a
fecha de periodo de solicitud.
c) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme
del reconocimiento de tal condición.
d) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
cve: BOE-A-2024-18510
Verificable en https://www.boe.es
3.3
Núm. 224
Lunes 16 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 114062
La presentación electrónica de la solicitud requiere del uso del certificado digital de la
persona interesada. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados, en su
caso, los documentos requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso, la solicitud
deberá ser firmada electrónicamente. Posteriormente, se deberá pulsar el botón
«Presentar», obteniéndose entonces un recibo en el que figurará el código de registro,
fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo será documento justificativo
de la presentación de la solicitud, por lo que éste no podrá entender que ha concluido los
trámites de presentación de la solicitud si no ha finalizado los mismos con la obtención
del citado recibo.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso
obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el
tiempo y en la forma descrita o la falta de firma del formulario supondrá la inadmisión de
la persona aspirante.
3.2 Las personas interesadas deberán acompañar a la solicitud la siguiente
documentación:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o Tarjeta de Identidad de
Extranjero, en vigor.
b) Copia de la titulación académica exigida en la convocatoria. Los documentos que
acreditan estar en posesión de la titulación académica son el título oficial, certificación
supletoria vigente o resguardo acreditativo del abono de los derechos de expedición.
c) Para la valoración de los aspirantes en la fase de concurso, deberán presentar
junto con la solicitud, relación de méritos alegados, según modelo disponible en la
página web del Área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, así como la
documentación acreditativa de los mismos.
Quienes presten o hayan prestado servicios como personal de la Universidad de
Cádiz, sólo tendrán que alegar los méritos, no siendo necesario adjuntar la
documentación justificativa, excepto que la misma no conste en el expediente del Área
de Personal.
No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo de presentación
de solicitudes.
d) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de
examen serán de 20 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente
número ES69-0049-4870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de
«Universidad de Cádiz», indicando «PS ADM INF TL 24 + nombre de la persona
aspirante».
La falta de pago de la tasa por derechos de examen durante el plazo de presentación
de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante. En
ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo
acompañar a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por
el órgano competente.
b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral actualizada a
fecha de periodo de solicitud.
c) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme
del reconocimiento de tal condición.
d) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
cve: BOE-A-2024-18510
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