III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2024-18523)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de O Bolo, sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de reconstrucción del puente de A Barxa sobre el río Xares en el término municipal de O Bolo (Ourense).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224
Lunes 16 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114150
séptimo con el fin de transmitir la titularidad dominical de la instalación, así como todos
los derechos inherentes a dicho título al ayuntamiento.
3. La obligación de la Entidad local de hacerse cargo de la infraestructura nacerá
con la puesta a su disposición y la entrega se entenderá materializada por la mera
notificación descrita en el primer apartado.
4. A partir de tal momento, el ayuntamiento se hará cargo, a todos los efectos, de
las mismas, correspondiéndole todas las obligaciones y cargas inherentes a dicho
mantenimiento y conservación; incluidos los tributos de todo tipo, bien sean estatales,
autonómicos o locales, que puedan recaer sobre los bienes.
5. El ayuntamiento queda autorizado, a partir de la entrega de las obras a:
– Utilizarlas de acuerdo con el fin y los planes comúnmente aceptados por las
partes.
– Gestionar, mantener y conservar las obras e infraestructuras objeto del presente
convenio, de acuerdo con lo establecido en el mismo, de modo directo o indirecto, todo
ello de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente que resulte de aplicación.
Octava. Obligaciones y facultades de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.
Le corresponden a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., las siguientes
obligaciones y facultades:
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas cuarta y
quinta del presente convenio.
2. Licitar, adjudicar y gestionar los contratos de la obra y servicios precisos, así
como las demás actuaciones precisas para ejecutar el convenio hasta su terminación
definitiva.
3. Realizar, una vez terminadas las obras, la recepción de las mismas.
4. Una vez recibidas las obras en adecuadas condiciones de uso, notificar este acto
al ayuntamiento, adjuntando una copia del acta de recepción a modo de entrega, para
que éste asuma la gestión, explotación, mantenimiento y conservación de la
infraestructura.
5. Poner a disposición del ayuntamiento lo construido, de modo que cumplan las
condiciones técnicas y legales necesarias para su funcionamiento.
6. La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. quedará obligada durante la
duración del plazo de garantía, de un año, a la reparación de aquellos defectos
imputables a la ejecución y que se manifiesten con posterioridad al acto de recepción.
Esta garantía se refiere exclusivamente a las obras ejecutadas y no cubrirá los
desperfectos por un uso inadecuado de lo construido, ni los debidos a actos vandálicos,
ni los deterioros debidos al paso del tiempo, así como tampoco las que sean
consecuencia de fenómenos atmosféricos o por las variaciones de nivel de las aguas.
Novena.
Obligaciones y facultades del Ayuntamiento de O Bolo.
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas cuarta y
quinta del presente convenio.
2. Poner a disposición de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. el
proyecto de obra.
3. Asumir la titularidad dominical de la infraestructura y los terrenos a partir del día
siguiente a la recepción de la notificación descrita en el punto primero de la cláusula
séptima, convirtiéndose a todos los efectos, en el único responsable de la obra
ejecutada, asumiendo todos los derechos, así como las obligaciones y cargas inherentes
a dicha titularidad. Esta obligación incluirá, entre otros, los deberes de desbroce, tala,
defensa del suelo o vegetación que sean requeridos por la normativa vigente en cada
cve: BOE-A-2024-18523
Verificable en https://www.boe.es
Le corresponderán al Ayuntamiento de O Bolo, las siguientes obligaciones y
facultades:
Núm. 224
Lunes 16 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114150
séptimo con el fin de transmitir la titularidad dominical de la instalación, así como todos
los derechos inherentes a dicho título al ayuntamiento.
3. La obligación de la Entidad local de hacerse cargo de la infraestructura nacerá
con la puesta a su disposición y la entrega se entenderá materializada por la mera
notificación descrita en el primer apartado.
4. A partir de tal momento, el ayuntamiento se hará cargo, a todos los efectos, de
las mismas, correspondiéndole todas las obligaciones y cargas inherentes a dicho
mantenimiento y conservación; incluidos los tributos de todo tipo, bien sean estatales,
autonómicos o locales, que puedan recaer sobre los bienes.
5. El ayuntamiento queda autorizado, a partir de la entrega de las obras a:
– Utilizarlas de acuerdo con el fin y los planes comúnmente aceptados por las
partes.
– Gestionar, mantener y conservar las obras e infraestructuras objeto del presente
convenio, de acuerdo con lo establecido en el mismo, de modo directo o indirecto, todo
ello de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente que resulte de aplicación.
Octava. Obligaciones y facultades de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.
Le corresponden a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., las siguientes
obligaciones y facultades:
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas cuarta y
quinta del presente convenio.
2. Licitar, adjudicar y gestionar los contratos de la obra y servicios precisos, así
como las demás actuaciones precisas para ejecutar el convenio hasta su terminación
definitiva.
3. Realizar, una vez terminadas las obras, la recepción de las mismas.
4. Una vez recibidas las obras en adecuadas condiciones de uso, notificar este acto
al ayuntamiento, adjuntando una copia del acta de recepción a modo de entrega, para
que éste asuma la gestión, explotación, mantenimiento y conservación de la
infraestructura.
5. Poner a disposición del ayuntamiento lo construido, de modo que cumplan las
condiciones técnicas y legales necesarias para su funcionamiento.
6. La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. quedará obligada durante la
duración del plazo de garantía, de un año, a la reparación de aquellos defectos
imputables a la ejecución y que se manifiesten con posterioridad al acto de recepción.
Esta garantía se refiere exclusivamente a las obras ejecutadas y no cubrirá los
desperfectos por un uso inadecuado de lo construido, ni los debidos a actos vandálicos,
ni los deterioros debidos al paso del tiempo, así como tampoco las que sean
consecuencia de fenómenos atmosféricos o por las variaciones de nivel de las aguas.
Novena.
Obligaciones y facultades del Ayuntamiento de O Bolo.
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas cuarta y
quinta del presente convenio.
2. Poner a disposición de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. el
proyecto de obra.
3. Asumir la titularidad dominical de la infraestructura y los terrenos a partir del día
siguiente a la recepción de la notificación descrita en el punto primero de la cláusula
séptima, convirtiéndose a todos los efectos, en el único responsable de la obra
ejecutada, asumiendo todos los derechos, así como las obligaciones y cargas inherentes
a dicha titularidad. Esta obligación incluirá, entre otros, los deberes de desbroce, tala,
defensa del suelo o vegetación que sean requeridos por la normativa vigente en cada
cve: BOE-A-2024-18523
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Le corresponderán al Ayuntamiento de O Bolo, las siguientes obligaciones y
facultades: