III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2024-18523)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de O Bolo, sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de reconstrucción del puente de A Barxa sobre el río Xares en el término municipal de O Bolo (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224
Lunes 16 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114148
otorgantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro
años adicionales.
2. El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen
su objeto, así como por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:
a) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
b) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes, y en particular, el incumplimiento de lo establecido en la cláusula
décima en relación a la puesta a disposición por parte del Ayuntamiento de O Bolo de los
terrenos o bienes necesarios para la ejecución de las obras, así como de la aprobación
del proyecto.
La extinción del convenio por esta causa, tras el procedimiento contradictorio
regulado en el artículo 51.2c) de la LRJSP, conllevará el pago de una indemnización a la
otra parte del convenio por los perjuicios causados derivados de actuaciones ya
ejecutadas o como consecuencia de otras actuaciones que tengan que asumir debido al
referido incumplimiento.
c) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
d) Por la entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que
determinen su extinción.
e) Por el transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
En dichos supuestos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a
la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de continuación
de las mismas y su finalización en un plazo improrrogable fijado por las partes, a
propuesta de la comisión de seguimiento, así como la forma de entrega de las obras al
organismo competente.
3. Las posibles modificaciones de este convenio, acordadas de forma unánime por
los firmantes, deberán formalizarse mediante la suscripción de la correspondiente
adenda modificativa, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la
aprobación del convenio inicial, salvo que la modificación consista en un mero cambio
del importe de las anualidades, de acuerdo con lo previsto en el punto primero de la
cláusula quinta.
Tercera. Descripción de la obra.
Se procederá a la demolición completa de la actual obra de paso para sustituirla por
nueva estructura que se compone de un nuevo puente pórtico de 17,50 metros de luz
libre, y 6,50 metros de ancho dividido en 5,50 metros para zona calzada y 0,50 metros
en cada uno de los dos laterales para disponer los sistemas de protección.
Coste de las actuaciones y financiación de las mismas.
1. La inversión total necesaria para la actuación se ha estimado en 660.000,00
euros, Impuesto del Valor Añadido Incluido.
2. El coste de la inversión se financiará con cargo al presupuesto de gastos del
Organismo de cuenca para el año 2025, aplicación presupuestaria 23.108.452A.610,
superproyecto 2015 23 108 8001 y código de proyecto 2020 23 108 0002.
3. De acuerdo con lo anterior, la cofinanciación de la obra se realizará con la
siguiente fórmula:
– La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. aportará 528.000,00 euros del
coste inicialmente previsto, lo que supone un porcentaje del 80 % de la inversión.
– El Ayuntamiento de O Bolo aportará 132.000,00 euros del coste inicialmente
previsto, con cargo a su aplicación presupuestaria 454-619, lo que supone un porcentaje
del 20 % de la inversión.
cve: BOE-A-2024-18523
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 224
Lunes 16 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114148
otorgantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro
años adicionales.
2. El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen
su objeto, así como por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:
a) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
b) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes, y en particular, el incumplimiento de lo establecido en la cláusula
décima en relación a la puesta a disposición por parte del Ayuntamiento de O Bolo de los
terrenos o bienes necesarios para la ejecución de las obras, así como de la aprobación
del proyecto.
La extinción del convenio por esta causa, tras el procedimiento contradictorio
regulado en el artículo 51.2c) de la LRJSP, conllevará el pago de una indemnización a la
otra parte del convenio por los perjuicios causados derivados de actuaciones ya
ejecutadas o como consecuencia de otras actuaciones que tengan que asumir debido al
referido incumplimiento.
c) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
d) Por la entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que
determinen su extinción.
e) Por el transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
En dichos supuestos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a
la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de continuación
de las mismas y su finalización en un plazo improrrogable fijado por las partes, a
propuesta de la comisión de seguimiento, así como la forma de entrega de las obras al
organismo competente.
3. Las posibles modificaciones de este convenio, acordadas de forma unánime por
los firmantes, deberán formalizarse mediante la suscripción de la correspondiente
adenda modificativa, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la
aprobación del convenio inicial, salvo que la modificación consista en un mero cambio
del importe de las anualidades, de acuerdo con lo previsto en el punto primero de la
cláusula quinta.
Tercera. Descripción de la obra.
Se procederá a la demolición completa de la actual obra de paso para sustituirla por
nueva estructura que se compone de un nuevo puente pórtico de 17,50 metros de luz
libre, y 6,50 metros de ancho dividido en 5,50 metros para zona calzada y 0,50 metros
en cada uno de los dos laterales para disponer los sistemas de protección.
Coste de las actuaciones y financiación de las mismas.
1. La inversión total necesaria para la actuación se ha estimado en 660.000,00
euros, Impuesto del Valor Añadido Incluido.
2. El coste de la inversión se financiará con cargo al presupuesto de gastos del
Organismo de cuenca para el año 2025, aplicación presupuestaria 23.108.452A.610,
superproyecto 2015 23 108 8001 y código de proyecto 2020 23 108 0002.
3. De acuerdo con lo anterior, la cofinanciación de la obra se realizará con la
siguiente fórmula:
– La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. aportará 528.000,00 euros del
coste inicialmente previsto, lo que supone un porcentaje del 80 % de la inversión.
– El Ayuntamiento de O Bolo aportará 132.000,00 euros del coste inicialmente
previsto, con cargo a su aplicación presupuestaria 454-619, lo que supone un porcentaje
del 20 % de la inversión.
cve: BOE-A-2024-18523
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Cuarta.