III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2024-18522)
Resolución de 3 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 1 de agosto de 2024, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Principado de Asturias, en relación con la Ley del Principado de Asturias 2/2024, de 30 de abril, de Impulso Demográfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224

Lunes 16 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 114144

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
18522

Resolución de 3 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 1 de agosto de
2024, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Principado de Asturias, en relación con la Ley del Principado de
Asturias 2/2024, de 30 de abril, de Impulso Demográfico.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 3 de septiembre de 2024.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Principado de Asturias en relación con la Ley del Principado
de Asturias 2/2024, de 30 de abril, de Impulso Demográfico
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Principado
de Asturias ha adoptado el siguiente acuerdo:
1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación
con los artículos 9, 69 y 79 y la disposición final primera de la Ley del Principado de
Asturias 2/2024, de 30 de abril, de Impulso Demográfico.
2.º Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de
Cooperación la solución que proceda.
3.º Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional por cualquiera de los
órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del
Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan, así como
insertar el presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial del
Principado de Asturias».

cve: BOE-A-2024-18522
Verificable en https://www.boe.es

El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.–La
Vicepresidenta del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias y Consejera de
Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, Gimena Llamedo González.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X