II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Destinos. (BOE-A-2024-18472)
Orden PJC/958/2024, de 11 de septiembre, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden PJC/518/2024, de 23 de mayo, para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224

Lunes 16 de septiembre de 2024

Sec. II.A. Pág. 113938

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
18472

Orden PJC/958/2024, de 11 de septiembre, por la que se resuelve la
convocatoria de libre designación, efectuada por Orden PJC/518/2024, de 23
de mayo, para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 466 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio, del Poder Judicial y en los artículos 17, 122 y 123 del Reglamento Orgánico del
Cuerpo de Secretarios Judiciales, aprobado por Real Decreto 1608/2005, de 30 de
diciembre, habiéndose recibido las propuestas de la Secretaria de Gobierno del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de acuerdo con la Comunidad
Autónoma y constando el informe del Consejo del Secretariado, este Ministerio acuerda:
Primero.
Resolver la provisión por el sistema de libre designación y para el Cuerpo de
Letrados de la Administración de Justicia, de los puestos de trabajo de Secretarios
Coordinadores Provinciales de Alicante, Castellón y Valencia convocado por Orden
PJC/518/2024, de 23 de mayo, adjudicando los puestos convocados a los letrados de la
Administración de Justicia que en el anexo se relacionan.
Segundo.
Declarar desierto el puesto de trabajo de Secretario Coordinador Provincial de
Ciudad Real.
Tercero.
Los letrados de la Administración de Justicia nombrados deberán cesar en sus
actuales destinos dentro de los tres días hábiles siguientes a partir de la publicación de
la presente orden y tomarán posesión de su cargo, como Secretarios Coordinadores
Provinciales, ante la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Valencia, en el plazo de tres días hábiles a partir del cese.
Como dispone el apartado 2 del artículo 117 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de
Secretarios Judiciales, el cómputo de plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los
permisos y licencias, incluida la de vacaciones que, en su caso, hayan sido concedidas a
las personas interesadas.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley
reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el «Boletín
Oficial del Estado». Todo ello sin perjuicio de la interposición de Recurso potestativo de
Reposición, ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la

cve: BOE-A-2024-18472
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Cuarto.