II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-18456)
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se corrigen errores en la de 3 de septiembre de 2024, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223

Sábado 14 de septiembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 113777

Público de Investigación del que dependa, acreditativa de su condición de funcionario y
cuantas circunstancias consten en su hoja de servicio.»
Debe decir:
«Duodécima.
El concursante propuesto deberá presentar, en los veinte días siguientes al de
concluir la actuación de la Comisión, en la Oficina de asistencia en materia de registro de
esta Universidad, o por cualesquiera de los demás procedimientos señalados en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas los siguientes documentos:
a) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico
que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.
b) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función
pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as,
deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o
condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
c) Documentación acreditativa de reunir los requisitos exigidos en la presente
convocatoria.
El que tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará exento
de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio
u Organismo del que dependa, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.»

cve: BOE-A-2024-18456
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 11 de septiembre de 2023.–El Rector, Ricardo Mairal Usón.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X