III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-18387)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Alimentación, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas, para la promoción de los productos de alimentación y bebidas en los mercados internacionales, a través de ferias y certámenes en los años 2024 y 2025.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 113571

– Sial China, 2025.
– Tutto Food Milano 2025.
– Biofach Germany, 2025.
En la feria Biofach Germany, 2025 la participación conjunta se circunscribirá, por
parte del MAPA, a la compra del suelo ferial, incluyendo la gestión de pases de expositor
y el catálogo de empresas; y por parte de FIAB, a la construcción del stand y a todo lo
necesario para su organización y gestión.
Tercera. Obligaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el MAPA se
compromete a:
1. Aportar para la cofinanciación de las actuaciones programadas en el presente
convenio, exceptuando Biofach Germany, 2025, la cantidad máxima de cuatrocientos
sesenta y cinco mil euros (465.000,00 €), de acuerdo con el presupuesto indicado en el
anexo I, una vez estas hayan sido ejecutadas y justificadas. El desglose por ejercicio
será el siguiente:
– Doscientos diez mil euros (210.000,00 €) para el ejercicio económico 2024.
– Doscientos cincuenta y cinco mil euros (255.000,00 €) para el ejercicio económico 2025.
La aportación económica del MAPA ira destinada a los gastos que se originen en la
realización de las ferias: compra de suelo ferial, diseño y montaje del stand,
mantenimiento y funcionamiento de este. En ningún caso financiará los gastos derivados
de atenciones protocolarias, viajes, dietas, alojamiento, gastos corrientes, salarios del
personal propio y compra de productos, ni los derivados de la prestación de servicios
específicos para las empresas participantes, tales como relaciones públicas, gestión de
reuniones bilaterales, acciones de comunicación ad hoc, preparación de material gráfico
para cada empresa, promoción vía mailing y otros servicios profesionales.
El importe del IVA correspondiente a los gastos realizados por FIAB en el
cumplimiento de las actuaciones previstas en el presente convenio sólo será
considerado gasto financiable por el MAPA cuando dicho importe no sea susceptible de
recuperación o compensación por la propia FIAB.
La aportación del MAPA tampoco financiará los gastos derivados de la construcción
del correspondiente stand ni de la gestión de este en la feria Biofach Germany, 2025.
2. Suscribir el correspondiente contrato con el recinto ferial para la compra del
suelo ferial, incluyendo la gestión de pases de expositor y el catálogo de empresas, para
la celebración de la feria Biofach Germany, 2025.
3. Revisar previamente a la ejecución de las ferias, la información que debe remitir
FIAB, en función del tipo de feria.
4. Participar en la preparación de las ferias con sus unidades técnicas y de
promoción.
5. Facilitar las relaciones institucionales precisas para el desarrollo y aplicación del
presente convenio.
6. Participar en la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden
dentro del presente convenio.
Cuarta. Obligaciones de la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, FIAB se compromete a:
1. Asumir la responsabilidad directa de las gestiones necesarias para el buen
desarrollo de todas las ferias promocionales previstas, informando al MAPA de las
mismas. En la contratación externa de acciones deben cumplirse los principios básicos
de transparencia, no discriminación e igualdad de trato.

cve: BOE-A-2024-18387
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 222