III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Convenios. (BOE-A-2024-18384)
Resolución de 6 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Antonio de Nebrija, para la realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y posgrado en el ámbito de la Consejería de Educación en Andorra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222
Viernes 13 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113402
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Universidad se
comprometen a resolver de común acuerdo las eventuales discrepancias que puedan
surgir en el desarrollo del presente convenio y, en su defecto, se someterán a la
jurisdicción contencioso-administrativa.
Décima.
Resolución del convenio anterior.
Se acuerda resolver el convenio suscrito por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional y la Universidad Antonio de Nebrija para la realización de prácticas
académicas de los alumnos de grado y de posgrado en el ámbito de la Consejería de
Educación en Andorra, de fecha 2 de julio de 2021, dando lugar a su extinción desde la
inscripción del presente convenio en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación.
Desde la fecha en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al convenio suscrito por el Ministerio de Educación y Formación Profesional
y la Universidad Antonio de Nebrija de fecha 2 de julio de 2021, convenio que, por
consiguiente, se declara extinto.
Undécima.
Interpretación lingüística.
Con independencia del trabajo realizado para que el presente convenio tenga un
lenguaje inclusivo lo más amplio posible, en los casos en los que no se ha podido
mantener el criterio y se han utilizado sustantivos de género gramatical masculino para
referirse a personas, cargos o puestos de trabajo, debe entenderse que se hace por
mera economía de la expresión, y que se utilizan de forma genérica con independencia.
cve: BOE-A-2024-18384
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, firman el presente documento a fecha de la firma
digital, tomándose como referencia a efectos de fecha del convenio la fecha de la última
de las firmas.–Por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, la
Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P.D. (Orden EFP/43/2021,
de 21 de enero), la Directora General de Planificación y Gestión Educativa, María del
Ángel Muñoz Muñoz, P.D.F. (artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre), la
Consejera de Educación en Andorra, María Dolores López Sanz.–Por la Universidad
Antonio de Nebrija, José Muñiz Fernández.
Núm. 222
Viernes 13 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113402
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Universidad se
comprometen a resolver de común acuerdo las eventuales discrepancias que puedan
surgir en el desarrollo del presente convenio y, en su defecto, se someterán a la
jurisdicción contencioso-administrativa.
Décima.
Resolución del convenio anterior.
Se acuerda resolver el convenio suscrito por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional y la Universidad Antonio de Nebrija para la realización de prácticas
académicas de los alumnos de grado y de posgrado en el ámbito de la Consejería de
Educación en Andorra, de fecha 2 de julio de 2021, dando lugar a su extinción desde la
inscripción del presente convenio en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación.
Desde la fecha en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al convenio suscrito por el Ministerio de Educación y Formación Profesional
y la Universidad Antonio de Nebrija de fecha 2 de julio de 2021, convenio que, por
consiguiente, se declara extinto.
Undécima.
Interpretación lingüística.
Con independencia del trabajo realizado para que el presente convenio tenga un
lenguaje inclusivo lo más amplio posible, en los casos en los que no se ha podido
mantener el criterio y se han utilizado sustantivos de género gramatical masculino para
referirse a personas, cargos o puestos de trabajo, debe entenderse que se hace por
mera economía de la expresión, y que se utilizan de forma genérica con independencia.
cve: BOE-A-2024-18384
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, firman el presente documento a fecha de la firma
digital, tomándose como referencia a efectos de fecha del convenio la fecha de la última
de las firmas.–Por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, la
Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P.D. (Orden EFP/43/2021,
de 21 de enero), la Directora General de Planificación y Gestión Educativa, María del
Ángel Muñoz Muñoz, P.D.F. (artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre), la
Consejera de Educación en Andorra, María Dolores López Sanz.–Por la Universidad
Antonio de Nebrija, José Muñiz Fernández.