III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-18400)
Resolución de 6 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Modernización y consolidación del regadío a partir de la optimización de las aguas regeneradas en Porreres-Felanitx (Mallorca, Islas Baleares)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de septiembre de 2024

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de pozo (189.879 m³/año), el uso de aguas regeneradas evita la sobreexplotación del
acuífero y contribuye a su regeneración, favorece la reducción del uso de fertilizantes,
recupera nutrientes para la agricultura y fomenta la economía circular. El promotor valora
los anteriores efectos como positivos.
Respecto de los impactos derivados del tratamiento terciario del agua residual, el
promotor cumplirá la normativa vigente para evitar el vertido al terreno y la infiltración de
los reactivos sensibles empleados. En relación con la gestión de los fangos producidos
en el proceso de regeneración (153,82 kg/día), serán recogidos y almacenados por un
periodo no superior a tres meses y, posteriormente, serán retirados y tratados por un
gestor autorizado. El promotor señala que el proyecto contempla todas las medidas
necesarias para el cumplimiento de la legislación relativa a los fangos de depuración.
Con la finalidad de asegurar la calidad del agua destinada a riego procedente de las
EDAR, el proyecto presta especial atención al cumplimiento de los parámetros de calidad
y a los requisitos mínimos establecidos en la normativa de aplicación al efecto, en
concreto el Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre, por el que se establece el
régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas; y el Reglamento (UE)
2020/741, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 2020, relativo a los
requisitos mínimos para la reutilización del agua. De esta forma, el proyecto permitirá el
uso de agua depurada para riego al mejorar su calidad. En caso de no llevarse a cabo la
actuación, el agua no servirá para uso agrario y acabará vertiéndose al mar, según
recoge el documento ambiental.
Para verificar el cumplimiento de la normativa, el promotor contempla el
establecimiento de una red de control de calidad de agua y de flujos de retorno de riego,
de acuerdo con los criterios recogidos en las directrices elaboradas por el Centro de
Edafología y Biología Aplicada del Segura, del Consejo Superior de Investigaciones
Científicas (CEBAS-CSIC), en el marco del Plan de Recuperación Transformación y
Resiliencia (Directriz 2).
El plan de vigilancia ambiental incluye el control de la calidad del agua mediante la
toma de muestras, con su frecuencia, a la salida de la balsa y en los hidrantes, puntos de
análisis obligatorio. Los análisis en las salidas de las EDAR, del tratamiento terciario y de
la balsa, no obligatorios, se realizarán según se estime necesario. Los parámetros a
analizar comprenden los sólidos en suspensión, turbidez, pH, oxígeno disuelto,
Escherichia coli, Legionella spp., nematodos intestinales, clorofila, conductividad
eléctrica, nitratos, fosfatos, entre otros.
La evacuación del agua de drenaje de los retornos de riego se realiza a través de las
masas de agua subterránea de Son Mesquida, Porreres y Montuïri, ya que no existen
flujos superficiales en el ámbito de estudio, por lo que la red de control de las aguas que
salen del sistema debe centrarse en el seguimiento de los flujos subterráneos. Así, el
anejo 8: Análisis de la calidad del agua para el riego, del proyecto técnico, selecciona
cuatro puntos de muestreo –pozos– para el seguimiento y control de las masas de agua
subterránea, que se incorporan a la red de control existente: uno para cada una de las
masas de Porreres y Son Mesquida, y dos para la de Montuïri, con mediciones de
periodicidad variable en función del parámetro considerado. Los parámetros más
relevantes para medir la calidad del agua de los retornos de riego son los nitratos, la
conductividad eléctrica y los fosfatos. Otros parámetros son los sólidos en suspensión,
plaguicidas y diversos iones disueltos.
La Dirección General de Salud Pública del Gobierno de las Islas Baleares considera
necesario, entre otros aspectos, incluir un desinfectante residual en el sistema de
transporte de agua regenerada, no exclusivamente con carácter de emergencia, para
controlar así la proliferación de microorganismos, debido a la gran extensión de las
infraestructuras desde el punto de desinfección hasta el punto de uso por parte de los
regantes. En su informe adicional, el promotor reconoce que el agua se puede volver a
contaminar durante su almacenamiento en la balsa, por lo que incorporará a la estación
de bombeo un sistema que inyectará desinfectante de forma proporcional al caudal
bombeado a la red de riego.

cve: BOE-A-2024-18400
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Núm. 222