III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2024-18388)
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de la cuota de rape de la zona 7 de ICES (ANF/07) a cambio de stocks repartidos y no repartidos por intercambio con Francia.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222
Viernes 13 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113577
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
18388
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Pesca,
por la que se lleva a cabo el reparto de la cuota de rape de la zona 7 de ICES
(ANF/07) a cambio de stocks repartidos y no repartidos por intercambio con
Francia.
La Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión
de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican
determinadas órdenes que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de
las mismas, establece en su artículo 8 las condiciones para los intercambios de cuotas
con otros Estados miembros, los conocidos como «swaps».
En concreto en su punto 4.d) se establece la posibilidad de realizar un intercambio
con otro Estado Miembro en el que se aporten y reciban cantidades repartidas
individualmente a la flota. En este caso la Secretaría General de Pesca ofertará las
cantidades que se vayan a obtener a cambio a las asociaciones de los buques o buques
individuales que las tienen repartidas, con el fin de que estas indiquen en el plazo de tres
días los buques pertenecientes a las mismas que están interesados en participar en
dicho intercambio.
En las negociaciones habituales que se llevan a cabo con otros Estados miembros,
la Secretaría General de Pesca ha realizado un intercambio con Francia. Así, España ha
cedido cantidades de varios stocks repartidos a la flota, concretamente 10 toneladas de
merlán del stock WHG/08 y 12 toneladas de abadejo del stock POL/8ABDE (para pesca
dirigida). A cambio de estos stocks, hemos recibido 17 toneladas de rape del stock
ANF/07. España también ha cedido stocks no repartidos, siendo estos 425 toneladas de
rayas del stock SRX/67AKXD, 58 toneladas de jurel del stock JAX/4BC7D y 220
toneladas de atún blanco del stock ALB/AN05N. A cambio ha recibido 313 toneladas de
rape del stock ANF/07.
La mayor parte de estos stocks se encuentran repartidos individualmente a la flota
que faena al amparo de la Orden APM/920/2017, de 22 de septiembre, por la que se
establece un Plan de gestión para los buques de los censos de las flotas de altura, gran
altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que
operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste
y por ello, en aplicación del artículo 8, punto 4, apartado d) citado anteriormente, se
informó debidamente al sector implicado en el intercambio para que aportasen la
cantidad considerada de abadejo y merlán para, a cambio, recibir rape del stock
correspondiente.
Por todo lo señalado, la Secretaría General de Pesca, una vez consultado el sector
pesquero afectado, resuelve:
Publicar como anexo I el reparto de las 12 toneladas de ANF/07 y la cantidad
detraída a cambio de POL/8ABDE. Como anexo II el reparto de las 5 toneladas de
ANF/07 y la cantidad detraída a cambio de WHG/08. Como anexo III el reparto de
las 313 toneladas de ANF/07 a cambio de stocks no repartidos, repartidas por
posibilidades de pesca.
Segundo.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
cve: BOE-A-2024-18388
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 222
Viernes 13 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113577
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
18388
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Pesca,
por la que se lleva a cabo el reparto de la cuota de rape de la zona 7 de ICES
(ANF/07) a cambio de stocks repartidos y no repartidos por intercambio con
Francia.
La Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión
de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican
determinadas órdenes que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de
las mismas, establece en su artículo 8 las condiciones para los intercambios de cuotas
con otros Estados miembros, los conocidos como «swaps».
En concreto en su punto 4.d) se establece la posibilidad de realizar un intercambio
con otro Estado Miembro en el que se aporten y reciban cantidades repartidas
individualmente a la flota. En este caso la Secretaría General de Pesca ofertará las
cantidades que se vayan a obtener a cambio a las asociaciones de los buques o buques
individuales que las tienen repartidas, con el fin de que estas indiquen en el plazo de tres
días los buques pertenecientes a las mismas que están interesados en participar en
dicho intercambio.
En las negociaciones habituales que se llevan a cabo con otros Estados miembros,
la Secretaría General de Pesca ha realizado un intercambio con Francia. Así, España ha
cedido cantidades de varios stocks repartidos a la flota, concretamente 10 toneladas de
merlán del stock WHG/08 y 12 toneladas de abadejo del stock POL/8ABDE (para pesca
dirigida). A cambio de estos stocks, hemos recibido 17 toneladas de rape del stock
ANF/07. España también ha cedido stocks no repartidos, siendo estos 425 toneladas de
rayas del stock SRX/67AKXD, 58 toneladas de jurel del stock JAX/4BC7D y 220
toneladas de atún blanco del stock ALB/AN05N. A cambio ha recibido 313 toneladas de
rape del stock ANF/07.
La mayor parte de estos stocks se encuentran repartidos individualmente a la flota
que faena al amparo de la Orden APM/920/2017, de 22 de septiembre, por la que se
establece un Plan de gestión para los buques de los censos de las flotas de altura, gran
altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que
operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste
y por ello, en aplicación del artículo 8, punto 4, apartado d) citado anteriormente, se
informó debidamente al sector implicado en el intercambio para que aportasen la
cantidad considerada de abadejo y merlán para, a cambio, recibir rape del stock
correspondiente.
Por todo lo señalado, la Secretaría General de Pesca, una vez consultado el sector
pesquero afectado, resuelve:
Publicar como anexo I el reparto de las 12 toneladas de ANF/07 y la cantidad
detraída a cambio de POL/8ABDE. Como anexo II el reparto de las 5 toneladas de
ANF/07 y la cantidad detraída a cambio de WHG/08. Como anexo III el reparto de
las 313 toneladas de ANF/07 a cambio de stocks no repartidos, repartidas por
posibilidades de pesca.
Segundo.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
cve: BOE-A-2024-18388
Verificable en https://www.boe.es
Primero.