III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2024-18397)
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con la Mancomunidad de Municipios del Agua del Bierzo y el Ayuntamiento de Cacabelos, para la financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de recuperación del dominio público hidráulico del Arroyo de Vega de Rey y actuaciones en la red municipal de saneamiento de Cacabelos (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222
Viernes 13 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113597
7. La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. quedará obligada durante la
duración del plazo de garantía, de un año, a la reparación de aquellos defectos
imputables a la ejecución y que se manifiesten con posterioridad al acto de recepción.
Esta garantía se refiere exclusivamente a las obras ejecutadas y no cubrirá los
desperfectos por un uso inadecuado de lo construido, ni los debidos a actos vandálicos,
ni los deterioros debidos al paso del tiempo, así como tampoco las que sean
consecuencia de fenómenos atmosféricos o por las variaciones de nivel de las aguas.
Octava.
Obligaciones y facultades del Ayuntamiento de Cacabelos.
Le corresponderán al Ayuntamiento de Cacabelos, las siguientes obligaciones y
facultades:
1. La titularidad de las obras objeto de este convenio, a partir del día siguiente a la
recepción de la notificación descrita en el punto primero de la cláusula sexta,
convirtiéndose a todos los efectos, en el responsable de la infraestructura construida,
asumiendo los derechos, obligaciones y cargas inherentes, continuando en el pago del
correspondiente canon de vertidos.
2. La aprobación del proyecto constructivo de forma que sustituya al otorgamiento
de la licencia municipal. El incumplimiento de esta obligación será causa de resolución
del convenio, de conformidad con lo establecido en la cláusula segunda. A este respecto
una vez aprobado definitivamente el proyecto por parte de la Confederación Hidrográfica
del Miño-Sil, O.A., ésta podrá requerir al ayuntamiento la acreditación del cumplimiento
de esta obligación en el plazo que a tal efecto se le indique.
3. Poner a disposición de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. los
terrenos precisos para la realización de las obras, libres de cargas y gravámenes, de
acuerdo con lo establecido en la cláusula undécima.
4. Utilizar las obras entregadas de acuerdo con los fines que motivaron su
ejecución a partir de la entrega de lo construido.
Novena. Obligaciones y facultades de la Mancomunidad de Municipios de Aguas del
Bierzo.
1. La puesta en marcha, gestión y explotación de las obras objeto de este convenio,
a partir del día siguiente a la recepción de la notificación descrita en el punto primero de
la cláusula sexta, asumiendo los derechos, obligaciones y cargas inherentes a dicho
mantenimiento y conservación. Estas obligaciones serán asumidas por la Mancomunidad
mientras se encuentren dentro de los fines que recogen sus estatutos.
2. Realizar las obras de mantenimiento y conservación de las infraestructuras que
sean necesarias, comprometiéndose a asumir los gastos que de las mismas puedan
derivarse. Estas obligaciones serán asumidas por la Mancomunidad mientras se
encuentren dentro de los fines que recogen sus estatutos.
3. La Mancomunidad de Municipios del Agua del Bierzo continuará siendo
responsable de la explotación de la red de saneamiento durante el desarrollo de las
obras recogidas en el presente convenio; debiendo correr con todos los gastos (de
explotación, de mantenimiento, suministros, etc.) y aportar el personal necesario. No
obstante lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., se compromete,
dentro de la redacción de los proyectos, la planificación de las obras y la ejecución de las
mismas, a mantener, siempre que técnicamente sea viable, el servicio existente en las
mejores condiciones posibles.
cve: BOE-A-2024-18397
Verificable en https://www.boe.es
Le corresponderán a la Mancomunidad de Municipios de Aguas del Bierzo, las
siguientes obligaciones:
Núm. 222
Viernes 13 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113597
7. La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. quedará obligada durante la
duración del plazo de garantía, de un año, a la reparación de aquellos defectos
imputables a la ejecución y que se manifiesten con posterioridad al acto de recepción.
Esta garantía se refiere exclusivamente a las obras ejecutadas y no cubrirá los
desperfectos por un uso inadecuado de lo construido, ni los debidos a actos vandálicos,
ni los deterioros debidos al paso del tiempo, así como tampoco las que sean
consecuencia de fenómenos atmosféricos o por las variaciones de nivel de las aguas.
Octava.
Obligaciones y facultades del Ayuntamiento de Cacabelos.
Le corresponderán al Ayuntamiento de Cacabelos, las siguientes obligaciones y
facultades:
1. La titularidad de las obras objeto de este convenio, a partir del día siguiente a la
recepción de la notificación descrita en el punto primero de la cláusula sexta,
convirtiéndose a todos los efectos, en el responsable de la infraestructura construida,
asumiendo los derechos, obligaciones y cargas inherentes, continuando en el pago del
correspondiente canon de vertidos.
2. La aprobación del proyecto constructivo de forma que sustituya al otorgamiento
de la licencia municipal. El incumplimiento de esta obligación será causa de resolución
del convenio, de conformidad con lo establecido en la cláusula segunda. A este respecto
una vez aprobado definitivamente el proyecto por parte de la Confederación Hidrográfica
del Miño-Sil, O.A., ésta podrá requerir al ayuntamiento la acreditación del cumplimiento
de esta obligación en el plazo que a tal efecto se le indique.
3. Poner a disposición de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. los
terrenos precisos para la realización de las obras, libres de cargas y gravámenes, de
acuerdo con lo establecido en la cláusula undécima.
4. Utilizar las obras entregadas de acuerdo con los fines que motivaron su
ejecución a partir de la entrega de lo construido.
Novena. Obligaciones y facultades de la Mancomunidad de Municipios de Aguas del
Bierzo.
1. La puesta en marcha, gestión y explotación de las obras objeto de este convenio,
a partir del día siguiente a la recepción de la notificación descrita en el punto primero de
la cláusula sexta, asumiendo los derechos, obligaciones y cargas inherentes a dicho
mantenimiento y conservación. Estas obligaciones serán asumidas por la Mancomunidad
mientras se encuentren dentro de los fines que recogen sus estatutos.
2. Realizar las obras de mantenimiento y conservación de las infraestructuras que
sean necesarias, comprometiéndose a asumir los gastos que de las mismas puedan
derivarse. Estas obligaciones serán asumidas por la Mancomunidad mientras se
encuentren dentro de los fines que recogen sus estatutos.
3. La Mancomunidad de Municipios del Agua del Bierzo continuará siendo
responsable de la explotación de la red de saneamiento durante el desarrollo de las
obras recogidas en el presente convenio; debiendo correr con todos los gastos (de
explotación, de mantenimiento, suministros, etc.) y aportar el personal necesario. No
obstante lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., se compromete,
dentro de la redacción de los proyectos, la planificación de las obras y la ejecución de las
mismas, a mantener, siempre que técnicamente sea viable, el servicio existente en las
mejores condiciones posibles.
cve: BOE-A-2024-18397
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Le corresponderán a la Mancomunidad de Municipios de Aguas del Bierzo, las
siguientes obligaciones: