III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Igualdad de género. (BOE-A-2024-18403)
Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre, por la que se aprueban las bases de la concesión del distintivo "Igualdad en la Empresa" y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222

Viernes 13 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 113678

ANEXO II
Candidatura al distintivo «Igualdad en la Empresa» 2024
Declaración responsable y autorización de la entidad solicitante
Don/Doña __________, con NIF __________, en representación de __________, con NIF __________ y domicilio social en
__________, en adelante, “la entidad solicitante”,
I. DECLARA, BAJO SU RESPONSABILIDAD, QUE LA ENTIDAD SOLICITANTE (marque con una x lo que proceda):


Está inscrita en el correspondiente régimen de la Seguridad Social con el número __________.
Se encuentra formalmente constituida y (marque con una x lo que proceda y complete la información, en su caso)
 inscrita en registro público de __________ en __________ (indicar documento, diario, asiento, tomo, libro,
folio, hoja…).
 no procede su inscripción en registro público.



NO ha sido sancionada con carácter firme, por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad y no
discriminación, en los tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas, de
acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social, aprobado
por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.



NO ha sido sancionada con carácter firme, por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad y no
discriminación en el acceso a los bienes y servicios, en los tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de
presentación de candidaturas, de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley General para la Defensa
de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16
de noviembre.



NO ha sido sancionada con carácter firme, por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad de
oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, en los tres años
anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas, de acuerdo con lo dispuesto en el texto
refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobada por Real
Decreto Legislativo 1/2013, de 16 de noviembre.



Tiene, entre sus órganos de gobierno, un consejo de administración
 SÍ, integrado por ___ personas, de las cuales ___ son mujeres (esta información debe corresponderse con la
facilitada en el Anexo I.c de la candidatura).
 NO
PUEDE formular cuenta de Pérdidas y Ganancias abreviada de conformidad con lo dispuesto por el artículo 258 del
texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.
Dicha posibilidad la exime de cumplir con el requisito de presencia mínima de mujeres en su consejo de administración
del 30%, establecido en el Apartado segundo, punto 4.c) de la Orden de convocatoria del distintivo “Igualdad en la
Empresa” correspondiente al año 2024.
 SÍ
 NO

cve: BOE-A-2024-18403
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