V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-32172)
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Duero O.A., de información pública sobre extinción del derecho a un aprovechamiento de aguas. Expediente ED 43/2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222
Viernes 13 de septiembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 49983
2.- El Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del
Duero, O.A. propuso en su informe de fecha 22 de julio de 2024 que se iniciara el
trámite de extinción de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del Texto
Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de
20 de julio, que señala que: ''El derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera
que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción
permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que aquella
sea imputable al titular'', concurriendo además lo establecido en el artículo 100 de
la Ley 33/2003, de 3 de noviembre del Patrimonio de las Administraciones
Públicas: " Las concesiones y autorizaciones demaniales se extinguirán por las
siguientes causas: a) Muerte o incapacidad sobrevenida del usuario o
concesionario individual o extinción de la personalidad jurídica(…)".
Del informe emitido por el Área de Régimen de Usuarios se desprende: la falta
de explotación del aprovechamiento durante un periodo superior a tres años y la
desaparición de uno de los titulares registrales, Comunidad de Regantes de
Salinas de Pisuerga. Así mismo, en la resolución de modificación de características
se hizo constar que las infraestructuras en esa fecha (14-12-2004), estarían siendo
gestionadas por FEVE y no por Ferrocarriles la Robla S.A.
3.- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó con fecha 22 de
julio de 2024 iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho del
aprovechamiento del que se trata, motivada por interrupción permanente de la
explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular y la
desaparición de unos de los titulares registrales. Este procedimiento se tramita
conforme a lo establecido en el artículo 161 y siguientes del Reglamento del
Dominio Público Hidráulico (aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril).
4.- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información
pública, de conformidad y a los efectos previstos en el artículo 163.3 del
Reglamento del Dominio Público Hidráulico, durante un plazo de VEINTE DÍAS, a
contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín
Oficial del Estado, durante el cual el titular, y aquellos que tengan condición de
interesado conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden
comparecer mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero
O.A., -indicando el número de expediente ED/TR3/ DOCVARIABLE
"PTL_APROVECHAMIENTOS.Expte_Integra" 0043/2024-, bien a través del
Registro Electrónico (obligatorio para personas jurídicas), o por correo, o en
cualquier oficina de asistencia en materia de registros de cualquier Administración
u Organismo (art. 16 de la Ley 39/2015).
Valladolid, 10 de septiembre de 2024.- Jefe de Servicio del Registro de Aguas,
Ana I. Guardo Pérez.
cve: BOE-B-2024-32172
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240040524-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 222
Viernes 13 de septiembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 49983
2.- El Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del
Duero, O.A. propuso en su informe de fecha 22 de julio de 2024 que se iniciara el
trámite de extinción de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del Texto
Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de
20 de julio, que señala que: ''El derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera
que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción
permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que aquella
sea imputable al titular'', concurriendo además lo establecido en el artículo 100 de
la Ley 33/2003, de 3 de noviembre del Patrimonio de las Administraciones
Públicas: " Las concesiones y autorizaciones demaniales se extinguirán por las
siguientes causas: a) Muerte o incapacidad sobrevenida del usuario o
concesionario individual o extinción de la personalidad jurídica(…)".
Del informe emitido por el Área de Régimen de Usuarios se desprende: la falta
de explotación del aprovechamiento durante un periodo superior a tres años y la
desaparición de uno de los titulares registrales, Comunidad de Regantes de
Salinas de Pisuerga. Así mismo, en la resolución de modificación de características
se hizo constar que las infraestructuras en esa fecha (14-12-2004), estarían siendo
gestionadas por FEVE y no por Ferrocarriles la Robla S.A.
3.- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó con fecha 22 de
julio de 2024 iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho del
aprovechamiento del que se trata, motivada por interrupción permanente de la
explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular y la
desaparición de unos de los titulares registrales. Este procedimiento se tramita
conforme a lo establecido en el artículo 161 y siguientes del Reglamento del
Dominio Público Hidráulico (aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril).
4.- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información
pública, de conformidad y a los efectos previstos en el artículo 163.3 del
Reglamento del Dominio Público Hidráulico, durante un plazo de VEINTE DÍAS, a
contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín
Oficial del Estado, durante el cual el titular, y aquellos que tengan condición de
interesado conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden
comparecer mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero
O.A., -indicando el número de expediente ED/TR3/ DOCVARIABLE
"PTL_APROVECHAMIENTOS.Expte_Integra" 0043/2024-, bien a través del
Registro Electrónico (obligatorio para personas jurídicas), o por correo, o en
cualquier oficina de asistencia en materia de registros de cualquier Administración
u Organismo (art. 16 de la Ley 39/2015).
Valladolid, 10 de septiembre de 2024.- Jefe de Servicio del Registro de Aguas,
Ana I. Guardo Pérez.
cve: BOE-B-2024-32172
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240040524-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X