V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-31934)
Resolución de la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa por la que se inicia el procedimiento para la enajenación por adjudicación directa de la embarcación Draga Aldámiz matrícula 5ª SS-3-1-96, NIB 6229 atracada en el muelle del Ramal del Puerto de Vilagarcía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 220

Miércoles 11 de septiembre de 2024

Sec. V-B. Pág. 49535

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

31934

Resolución de la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de
Arousa por la que se inicia el procedimiento para la enajenación por
adjudicación directa de la embarcación Draga Aldámiz matrícula 5ª SS3-1-96, NIB 6229 atracada e n e l mue lle de l Ramal de l Pue rto de
Vilagarcía.

Antecedentes:
Con fecha 28 de junio de 2024, el Consejo de Administración de la Autoridad
Portuaria, declaró el abandono de la embarcación Draga Aldámiz y aprobó el
Pliego de Bases que regiría su venta en pública subasta.
Con fecha 10 de julio de 2024 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el
anuncio del procedimiento de enajenación mediante pública subasta de la Draga
Aldámiz, en el que la fecha límite para presentar proposiciones era el día 1 de
agosto de 2024, hasta las 14:00 horas.
Con fecha 2 de septiembre de 2024, la Responsable del Registro General de la
Autoridad Portuaria de Vilagarcía, certifica que al procedimiento de enajenación
mediante pública subasta del artefacto flotante/embarcación Draga Aldámiz
(matrícula 5ª SS-3-1-96, NIB 6229), cuyo plazo finalizaba el día 1 de agosto de
2024 a las 14.00 horas, no fue presentada ninguna oferta.
Fundamentos de derecho:
1.- Cláusula 5, del Pliego de Bases (ADJUDICACIÓN DIRECTA) señala: "De
no presentarse ofertas a ninguna de las tres licitaciones o de resultar desierta por
presentación errónea de las mismas, se procederá a la adjudicación directa que se
llevará a cabo de acuerdo con el artículo 137.4 de la Ley 33/2003, de 3 de
noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

3.- Artículo 137.5 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas: "Cuando varios interesados se encontraran en un
mismo supuesto de adjudicación directa, se resolverá la misma atendiendo al
interés general concurrente en el caso concreto".
En virtud de lo expuesto, esta Presidencia,
Resuelve:
Primero.- Declarar desierto el procedimiento de enajenación mediante pública
subasta de la embarcación Draga Aldámiz.

cve: BOE-B-2024-31934
Verificable en https://www.boe.es

2.- Artículo 137.4.d) de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de
las Administraciones Públicas, señala: "Se podrá acordar la adjudicación directa en
los siguientes supuestos: d) Cuando fuera declarada desierta la subasta o
concurso promovidos para la enajenación o éstos resultasen fallidos como
consecuencia del incumplimiento de sus obligaciones por parte del adjudicatario,
siempre que no hubiese transcurrido más de un año desde la celebración de los
mismos. En este caso, las condiciones de la enajenación no podrán ser inferiores
de las anunciadas previamente o de aquellas en que se hubiese producido la
adjudicación".