II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-18247)
Resolución de 3 de septiembre de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 220

Miércoles 11 de septiembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 112975

El concurso habrá de resolverse en el plazo máximo de tres meses desde el día
siguiente al de publicación de la convocatoria en el BOE.
A los únicos efectos del cómputo del citado plazo se considera inhábil el mes de agosto.
Undécima.
La Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una
relación con el nombre del candidato propuesto para su nombramiento y sin que se
pueda exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a concurso. El concurso
podrá concluir con la propuesta de la Comisión de no provisión de plazas.
Contra la propuesta de la comisión del concurso de acceso, los concursantes podrán
presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento hasta su resolución.
La reclamación será valorada por la Comisión prevista en el Reglamento de Concursos
de Acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la UNED.
Duodécima.
El concursante propuesto deberá presentar, en los veinte días siguientes al de
concluir la actuación de la Comisión, en la Oficina de asistencia en materia de registro
de esta Universidad, o por cualesquiera de los demás procedimientos señalados en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, certificación de la Universidad o del Organismo
Público de Investigación del que dependa, acreditativa de su condición de funcionario y
cuantas circunstancias consten en su hoja de servicio.

El nombramiento propuesto por la Comisión será efectuado por el Rector de la UNED
después de que el concursante propuesto haya acreditado cumplir los requisitos
generales y específicos en el plazo establecido. En el caso de que el concursante no
presente oportunamente la documentación requerida, no podrá ser nombrado, quedando
anuladas todas sus actuaciones, procediendo el Rector al nombramiento del siguiente
concursante en el orden de prelación formulado.
El nombramiento será igualmente comunicado al correspondiente Registro a efectos
de otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en el cuerpo correspondiente,
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y comunicado a la Secretaría General del
Consejo de Universidades. El nombramiento especificará la denominación de la plaza,
cuerpo y área de conocimiento.
En el plazo de quince días naturales, que será de un mes cuando suponga cambio
de localidad de residencia, a contar desde el día siguiente al de publicación del
nombramiento, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su plaza, momento en
el que adquirirá la condición de funcionario del cuerpo docente universitario de que se
trate, con los derechos y deberes que le son propios.
La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos
años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza
en otra universidad.
Todas las referencias contenidas en esta convocatoria en género masculino se
entenderán realizadas al género femenino.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados a partir
del día siguiente a la publicación de esta resolución, o, con carácter potestativo, recurso

cve: BOE-A-2024-18247
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Decimotercera.