III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-18180)
Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Extremadura, para la organización del curso "Coeducación y masculinidad(es) igualitarias: enfoques y retos para construir igualdad".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 219
Martes 10 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112814
ambas partes tienen encomendado, acuerdan suscribir el presente convenio con
sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
La Universidad de Extremadura organizará, contando con la colaboración de la
Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las
Mujeres, el curso «Coeducación y masculinidad (es) igualitarias: enfoques y retos para
construir igualdad», aportando para ello todos los medios materiales y personales
necesarios para su realización, en el marco de la programación académica de los Cursos
Internacionales de Verano/Otoño de la Universidad.
La descripción y objetivos del curso se recogen en el anexo I.
Segunda.
Actuaciones de cada una de las partes.
I. Corresponde a las autoridades académicas de la Universidad de Extremadura, en
colaboración con la Dirección del curso, el diseño de los programas y de las normas para
su desarrollo. El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes.
Las variaciones que posteriormente sea imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o
conferencias por causa de imprevistos o por motivos de otra índole, deberán ser
aprobadas por ambas partes, no pudiendo nunca afectar a la descripción y objetivos del
curso acordados según anexo I.
II. La Universidad de Extremadura avalará académicamente este curso emitiendo
los correspondientes diplomas a las personas participantes que cumplan los requisitos
mínimos de asistencia y aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así
como las certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin, la Universidad de
Extremadura se responsabilizará del control de asistencia del alumnado, así como de
toda la normativa relativa a criterios de admisión o cualquier otro asunto relativo al
alumnado.
III. Para la ejecución de este convenio, las partes firmantes asumen los siguientes
compromisos de gestión:
a) La Universidad de Extremadura, haciendo uso de su experiencia en la
organización de este tipo de actividades docentes, siempre dentro de lo que establezca
su normativa sobre tarifas, procedimientos y demás legislación que le sea aplicable
como organismo público, se encargará de:
Aprobar el programa y las normas para su desarrollo, así como adoptar cualquier
clase de medida que resulte necesaria para su correcta realización.
Aportar todos los medios materiales y personales necesarios para su realización, que
incluye:
Publicidad de la celebración del curso dentro del plan general de publicidad de la
Universidad de Extremadura.
Servicio de Secretaría de alumnado.
Información y matriculación del alumnado.
Expedición de diplomas y certificaciones.
Organización, en su caso, de actos de inauguración y/o clausura y otros actos
protocolarios.
Servicio de gabinete de prensa.
cve: BOE-A-2024-18180
Verificable en https://www.boe.es
– Honorarios.
– Alojamiento y manutención.
– Gastos de viaje y desplazamientos.
Núm. 219
Martes 10 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112814
ambas partes tienen encomendado, acuerdan suscribir el presente convenio con
sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
La Universidad de Extremadura organizará, contando con la colaboración de la
Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las
Mujeres, el curso «Coeducación y masculinidad (es) igualitarias: enfoques y retos para
construir igualdad», aportando para ello todos los medios materiales y personales
necesarios para su realización, en el marco de la programación académica de los Cursos
Internacionales de Verano/Otoño de la Universidad.
La descripción y objetivos del curso se recogen en el anexo I.
Segunda.
Actuaciones de cada una de las partes.
I. Corresponde a las autoridades académicas de la Universidad de Extremadura, en
colaboración con la Dirección del curso, el diseño de los programas y de las normas para
su desarrollo. El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes.
Las variaciones que posteriormente sea imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o
conferencias por causa de imprevistos o por motivos de otra índole, deberán ser
aprobadas por ambas partes, no pudiendo nunca afectar a la descripción y objetivos del
curso acordados según anexo I.
II. La Universidad de Extremadura avalará académicamente este curso emitiendo
los correspondientes diplomas a las personas participantes que cumplan los requisitos
mínimos de asistencia y aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así
como las certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin, la Universidad de
Extremadura se responsabilizará del control de asistencia del alumnado, así como de
toda la normativa relativa a criterios de admisión o cualquier otro asunto relativo al
alumnado.
III. Para la ejecución de este convenio, las partes firmantes asumen los siguientes
compromisos de gestión:
a) La Universidad de Extremadura, haciendo uso de su experiencia en la
organización de este tipo de actividades docentes, siempre dentro de lo que establezca
su normativa sobre tarifas, procedimientos y demás legislación que le sea aplicable
como organismo público, se encargará de:
Aprobar el programa y las normas para su desarrollo, así como adoptar cualquier
clase de medida que resulte necesaria para su correcta realización.
Aportar todos los medios materiales y personales necesarios para su realización, que
incluye:
Publicidad de la celebración del curso dentro del plan general de publicidad de la
Universidad de Extremadura.
Servicio de Secretaría de alumnado.
Información y matriculación del alumnado.
Expedición de diplomas y certificaciones.
Organización, en su caso, de actos de inauguración y/o clausura y otros actos
protocolarios.
Servicio de gabinete de prensa.
cve: BOE-A-2024-18180
Verificable en https://www.boe.es
– Honorarios.
– Alojamiento y manutención.
– Gastos de viaje y desplazamientos.