III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-18178)
Resolución de 29 de agosto de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula Informe de Determinación de Afección Ambiental del proyecto "Parque Eólico ampliación El Páramo, de 50,88 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de León".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 219
Martes 10 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112788
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 29 de agosto de 2024, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula Informe de Determinación de
Afección Ambiental del proyecto «Parque Eólico ampliación El Páramo, de
50,88 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la
provincia de León».
Con fecha 24 de abril de 2024, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de
tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto
«Parque Eólico ampliación El Páramo, de 50,88 MW de potencia instalada y su
infraestructura de evacuación, en la provincia de León», en los términos municipales de
Igüeña, Noceda del Bierzo, Páramo del Sil y Toreno, promovido por Cefiro Holdco 8,
SLU, al amparo del artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a
las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la
reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
Tras su análisis, se verifica que el expediente no incluye el resumen ejecutivo ni la
solicitud de inicio del procedimiento de determinación de afección ambiental, por lo que
se procede a requerir la subsanación con fecha 10 de junio de 2024, documentación que
es remitida por el promotor el 14 de junio de 2024. Completado el expediente, se
constata que el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en
el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las
consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la
reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
El proyecto «Parque Eólico ampliación El Páramo» consistirá en la construcción, montaje,
operación y mantenimiento de un parque eólico de 50,88 MW de potencia instalada. Cuenta
con un total de 9 aerogeneradores de los cuales 6 cuentan con una potencia unitaria de 6,22
MW y 3 con una potencia de 4,52 MW, con 175 m de diámetro de rotor y una altura a buje
de 112. Por otra parte, el parque eólico contará con una subestación eléctrica transformadora
SET «El Páramo» 30/220 kV, que elevará la tensión del parque y desde donde se evacuará
la energía producida hasta una a Subestación Anexa para conectar con el punto de conexión
asignado en el permiso de acceso a la SET Peñadrada (REE) 220 kV, La línea de
evacuación tendrá una longitud total aproximada de 13,83 km dividida en dos tramos aéreos
de 12,77 km en total y dos tramos soterrados 0,79 km de longitud. Desde la Subestación
Anexa hasta el punto de conexión asignado por REE, se ejecutará una canalización soterrada
adicional de aproximadamente 0,27 km a 220 kV. El proyecto cuenta con dos torres de
medición permanentes, con una plataforma de montaje. La poligonal del parque, la
envolvente de los aerogeneradores, zanjas y viales internos del parque, ocupan un total
de 1.656,6 ha aproximadamente. Se prevé que el parque eólico ampliación El Páramo
comparta infraestructuras de evacuación de energía con el Parque Eólico El Páramo, de 92,4
MW de potencia instalada, actualmente en tramitación.
Los principales elementos del análisis ambiental para determinar las afecciones
sobre el medio ambiente del proyecto, basado en los criterios recogidos en el
artículo 22. 3. b) del Real Decreto-ley, son los siguientes:
1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas
de protección y hábitats de interés comunitario.
No existe coincidencia territorial del parque eólico y su línea de evacuación con la
Red de Espacios Naturales Protegidos de la Junta de Castilla y León, ni con los espacios
cve: BOE-A-2024-18178
Verificable en https://www.boe.es
18178
Núm. 219
Martes 10 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112788
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 29 de agosto de 2024, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula Informe de Determinación de
Afección Ambiental del proyecto «Parque Eólico ampliación El Páramo, de
50,88 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la
provincia de León».
Con fecha 24 de abril de 2024, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de
tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto
«Parque Eólico ampliación El Páramo, de 50,88 MW de potencia instalada y su
infraestructura de evacuación, en la provincia de León», en los términos municipales de
Igüeña, Noceda del Bierzo, Páramo del Sil y Toreno, promovido por Cefiro Holdco 8,
SLU, al amparo del artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a
las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la
reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
Tras su análisis, se verifica que el expediente no incluye el resumen ejecutivo ni la
solicitud de inicio del procedimiento de determinación de afección ambiental, por lo que
se procede a requerir la subsanación con fecha 10 de junio de 2024, documentación que
es remitida por el promotor el 14 de junio de 2024. Completado el expediente, se
constata que el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en
el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las
consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la
reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
El proyecto «Parque Eólico ampliación El Páramo» consistirá en la construcción, montaje,
operación y mantenimiento de un parque eólico de 50,88 MW de potencia instalada. Cuenta
con un total de 9 aerogeneradores de los cuales 6 cuentan con una potencia unitaria de 6,22
MW y 3 con una potencia de 4,52 MW, con 175 m de diámetro de rotor y una altura a buje
de 112. Por otra parte, el parque eólico contará con una subestación eléctrica transformadora
SET «El Páramo» 30/220 kV, que elevará la tensión del parque y desde donde se evacuará
la energía producida hasta una a Subestación Anexa para conectar con el punto de conexión
asignado en el permiso de acceso a la SET Peñadrada (REE) 220 kV, La línea de
evacuación tendrá una longitud total aproximada de 13,83 km dividida en dos tramos aéreos
de 12,77 km en total y dos tramos soterrados 0,79 km de longitud. Desde la Subestación
Anexa hasta el punto de conexión asignado por REE, se ejecutará una canalización soterrada
adicional de aproximadamente 0,27 km a 220 kV. El proyecto cuenta con dos torres de
medición permanentes, con una plataforma de montaje. La poligonal del parque, la
envolvente de los aerogeneradores, zanjas y viales internos del parque, ocupan un total
de 1.656,6 ha aproximadamente. Se prevé que el parque eólico ampliación El Páramo
comparta infraestructuras de evacuación de energía con el Parque Eólico El Páramo, de 92,4
MW de potencia instalada, actualmente en tramitación.
Los principales elementos del análisis ambiental para determinar las afecciones
sobre el medio ambiente del proyecto, basado en los criterios recogidos en el
artículo 22. 3. b) del Real Decreto-ley, son los siguientes:
1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas
de protección y hábitats de interés comunitario.
No existe coincidencia territorial del parque eólico y su línea de evacuación con la
Red de Espacios Naturales Protegidos de la Junta de Castilla y León, ni con los espacios
cve: BOE-A-2024-18178
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