III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-18083)
Resolución de 30 de agosto de 2024, de la Dirección General de Estrategias de Movilidad, por la que se publica el Convenio con IFEMA Madrid, para las acciones de colaboración en relación con el congreso "Global Mobility Call-GMC 2024".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 218

Lunes 9 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 112117

En todo caso, las aportaciones financieras que se comprometan a realizar los
firmantes no podrán ser superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio.
Séptima.

Justificación de los gastos.

1. La gestión, justificación y resto de actuaciones relacionadas con los gastos
derivados del presente convenio que incluyan compromisos financieros para el MITMS y
para IFEMA Madrid, así como con los fondos comprometidos en virtud del mismo, se
ajustarán a lo dispuesto en la legislación presupuestaria.
Los gastos que se deben justificar han de responder a las actuaciones previstas
asociadas al presente convenio.
IFEMA Madrid deberá aportar la documentación justificativa que se detalla en los
apartados siguientes de esta cláusula.
2. La liquidación del gasto asumido por el MITMS se realizará mediante la
presentación de la siguiente documentación:
– Memoria explicativa de las actuaciones llevadas a cabo en la ejecución del
convenio, así como de los resultados obtenidos con estas.
– Certificación detallada, suscrita por persona con poder suficiente, justificativa de
los gastos derivados de las actividades previstas en el convenio con cargo a la
aportación del MITMS, acompañada de las facturas o documentos justificativos. IFEMA
Madrid deberá presentar esta documentación de forma ordenada, asociando las facturas
o justificantes de gasto a cada una de las actividades que corresponde financiar al
MITMS de acuerdo con el anexo I.
3. Los gastos realizados por IFEMA Madrid para la colaboración objeto del presente
convenio en el ámbito del GMC24 se justificarán mediante la aportación de la siguiente
documentación:
– Certificación detallada suscrita por persona con poder suficiente de los gastos
derivados de las actividades previstas en el convenio con cargo a la aportación de
IFEMA Madrid,
– Certificación suscrita por persona con poder suficiente de los gastos de personal
de IFEMA Madrid imputados a la realización de dichas actividades.
Asimismo, IFEMA Madrid se compromete a poner a disposición del MITMS la
documentación adicional que obre en los sistemas de IFEMA Madrid que este requiera.
Esta documentación deberá presentarse en los 30 días naturales siguientes a la
celebración del GMC24.
Octava.

Comisión de seguimiento.

a. Realizar el seguimiento técnico y económico del convenio.
b. Certificar que las actividades previstas en el convenio se han ejecutado conforme
a sus previsiones.
c. Garantizar la coordinación, colaboración e intercambio de información entre las
partes firmantes del convenio.
d. Interpretar y resolver controversias previas a la vía jurisdiccional.
La Comisión de Seguimiento estará integrada de forma paritaria por un máximo de
tres representantes permanentes de cada institución.

cve: BOE-A-2024-18083
Verificable en https://www.boe.es

Para el efectivo cumplimiento del presente convenio se creará una Comisión de
Seguimiento que actuará como órgano de seguimiento y de evaluación de las
actividades relacionadas en el presente convenio. Le corresponderá las siguientes
funciones: