III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-18093)
Resolución de 27 de agosto de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta Fotovoltaica Helioenergy PV1, de 4,99 MW de potencia instalada, para su hibridación con la planta termosolar existente Helioenergy 1 de 50 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación", en Écija (Sevilla).
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 218

Lunes 9 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 112202

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
18093

Resolución de 27 de agosto de 2024, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de
afección ambiental del proyecto «Planta Fotovoltaica Helioenergy PV1, de
4,99 MW de potencia instalada, para su hibridación con la planta termosolar
existente Helioenergy 1 de 50 MW de potencia instalada, y de su
infraestructura de evacuación», en Écija (Sevilla).

Con fecha 25 de enero de 2024, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de
tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto
«Planta Fotovoltaica Helioenergy PV1, de 4,99 MW de potencia instalada, para su
hibridación con la planta termosolar existente Helioenergy 1 de 50 MW de potencia
instalada, y de su infraestructura de evacuación» en el término municipal de Écija, en la
provincia de Sevilla, promovido por Helioenergy Electricidad Uno, SAU, al amparo del
artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias
económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla
de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
Tras el análisis técnico, se verifica que el expediente no está completo y se procede a
requerir su subsanación el 5 de febrero y 1 de marzo de 2024. Con fecha 22 de febrero
de 2024 y el 18 de marzo de 2024, respectivamente, se recibe parte de la documentación
requerida y el promotor solicita una ampliación de plazo para incorporar al estudio anual de
avifauna los meses de marzo y abril. Con fecha 9 de mayo de 2024, el promotor presenta el
estudio completo y se constata que el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la
tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta
a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la
reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
El proyecto consiste en un módulo de generación fotovoltaica, con una potencia
instalada de 4,99 MW, con una superficie de afección de 10,32 ha. La planta hibridará
con la planta termosolar existente Helioenergy 1, de 50 MW de potencia instalada,
originando una instalación híbrida de eléctrica de origen renovable de 54,99 MW de
potencia instalada. Esta energía será evacuada por medio de una línea subterránea de
media tensión (MT) de 15 kV de 1 km desde el transformador hasta el Centro de
Seccionamiento de la Planta y de este a la Subestación Elevadora «Helioenergy I»
existente adyacente, donde se realizará el cambio de tensión de 15/220 kV,
aprovechando la infraestructura existente para la conexión con la Subestación Colectora,
así como la línea de evacuación que enlaza con el SET de Villanueva del Rey. Las obras
tendrán una duración aproximada de 6 meses y la vida útil de la planta fotovoltaica se
estima en 25 años. La longitud total del vallado es de 1,23 km.
Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones
sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 22.3.b) del
Real Decreto-ley, son los siguientes:
1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas
de protección y hábitats de interés comunitario.
La ubicación del proyecto no presenta coincidencia territorial con ningún espacio
perteneciente a la Red Natura 2000 ni espacios protegidos y sus zonas periféricas de

cve: BOE-A-2024-18093
Verificable en https://www.boe.es

Antecedentes de hecho