III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2024-18042)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 7 de septiembre de 2024

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el anexo I; cambios que se plasman en un nuevo calendario prorrogado en la consecución de
Hitos y Objetivos, así como en los indicadores de cumplimiento de los mismos.
En aplicación de lo dispuesto en los artículos 288 y 291.1 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea, la actualización del Convenio de 2021 por medio
de la presente adenda resulta ser de vital trascendencia jurídica para poder llevar a cabo
la referida modificación del CID 2023. En este sentido, es preciso enfatizar que los
nuevos compromisos asumidos por el Reino de España con la Comisión Europea en
cuanto a los Hitos y Objetivos a cumplir según el nuevo CID 2023 nos obligan a una
actualización del clausulado y anexos del Convenio por medio de esta adenda a fin de
proceder a su adaptación de manera acorde y coherente, recogiendo a su vez, con
absoluta claridad, la tipología de proyectos a desarrollar, su periodo de ejecución, hitos,
indicadores e información a suministrar en relación a los resultados obtenidos, todo ello
en coherencia con el reparto de indicadores proporcional al reparto de fondos del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que reciben el resto de comunidades y
ciudades autónomas que conforman el Reino de España.
En el curso de la mencionada adaptación, el Consejo Territorial de Servicios Sociales
y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia aceptó, con fecha 11 de
abril de 2024, la propuesta formulada por este Ministerio para la corrección de erratas
detectadas en el Acuerdo por el que se autorizaba la propuesta de la distribución
territorial entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, para su
sometimiento al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia de los créditos para la financiación de proyectos
de inversión en el marco del Componente 22 «Plan de choque para la economía de los
cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión» del «Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, por un importe de 1.099.994.178,33 euros», que se aprobó
por dicho Consejo Territorial en su sesión extraordinaria del 30 de noviembre de 2023.
Aceptada la propuesta se remite el referido Acuerdo para su autorización por el
Consejo de Ministros, que tiene lugar el 30 de abril de 2024. Acto seguido, y conforme a
lo dispuesto por el procedimiento vigente, se procede a la adopción por el Consejo
Territorial de Servicios Sociales el día 27 de mayo de 2024 del Acuerdo por el que se
aprueba la corrección de erratas en el texto de Acuerdo del Consejo Territorial de
Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de 30
de noviembre de 2023, sobre la aprobación de la distribución territorial entre las
comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, de los créditos para la
financiación de proyectos de inversión en el marco del Componente 22 «Plan de choque
para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión» del «Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, por un importe de 1.099.994.178,33 euros».
De esta forma, ambos órganos constatan que se cumplen las condiciones legales
exigidas para que este Ministerio pueda transferir a la Comunidad Autónoma de
Cantabria la cantidad estipulada inicialmente para el ejercicio presupuestario 2023
(remanente incorporado a la anualidad 2024).
Por tanto, los compromisos asumidos por el Reino de España con la Comisión
Europea en cuanto a los Hitos y Objetivos a cumplir con los fondos provenientes del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como la diversa normativa que se ha
venido promulgando desde la firma del Convenio inicial, hacen necesaria una
actualización del clausulado y anexos del Convenio para recoger todas estas
obligaciones que han ido surgiendo a lo largo del devenir de dichos fondos europeos.
Además, hay que tener en cuenta, en primer lugar, el cronograma de desembolsos
previsto para los años 2024/2025 y, en segundo lugar, la evolución de la consecución de
los objetivos. Tras previa consulta con la Secretaría General de Fondos Europeos, podrá
flexibilizarse el período de ejecución de actuaciones para el cumplimiento en los
objetivos CID 326 y 470 hasta el día 1 de diciembre de 2024.
En consecuencia, para asegurar que el convenio suscrito en su momento entre el
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de Cantabria
reúne todos los requisitos exigidos por la Comisión Europea en cuanto al cumplimiento

cve: BOE-A-2024-18042
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Núm. 217