III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-18035)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Jumilla, para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217
Sábado 7 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 111778
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
18035
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad
y el Ayuntamiento de Jumilla, para la incorporación de los Cuerpos de Policía
Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de
Género.
Habiéndose suscrito el 9 de agosto de 2024 el convenio entre la Secretaría de
Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Jumilla para la incorporación de los Cuerpos
de Policía Locales al «Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de
Género», procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio
que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 2 de septiembre de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Jumilla
para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al «Sistema
de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género»
En Madrid, a 9 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo de
lo previsto en el artículo 62.2g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Amador
de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, doña Severa González López, Alcaldesa del Ayuntamiento de Jumilla
(en adelante, el Ayuntamiento), nombrada por acuerdo del Pleno de la Corporación de 17
de junio de 2023, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente convenio en la
calle Cánovas del Castillo, 31, 30520 Jumilla (Murcia).
EXPONEN
Primero.
Que el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
cve: BOE-A-2024-18035
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que intervienen
con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio
y, a tal efecto,
Núm. 217
Sábado 7 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 111778
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
18035
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad
y el Ayuntamiento de Jumilla, para la incorporación de los Cuerpos de Policía
Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de
Género.
Habiéndose suscrito el 9 de agosto de 2024 el convenio entre la Secretaría de
Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Jumilla para la incorporación de los Cuerpos
de Policía Locales al «Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de
Género», procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio
que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 2 de septiembre de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Jumilla
para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al «Sistema
de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género»
En Madrid, a 9 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo de
lo previsto en el artículo 62.2g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Amador
de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, doña Severa González López, Alcaldesa del Ayuntamiento de Jumilla
(en adelante, el Ayuntamiento), nombrada por acuerdo del Pleno de la Corporación de 17
de junio de 2023, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente convenio en la
calle Cánovas del Castillo, 31, 30520 Jumilla (Murcia).
EXPONEN
Primero.
Que el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
cve: BOE-A-2024-18035
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que intervienen
con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio
y, a tal efecto,