III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-18034)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Inca, para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217

Sábado 7 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 111772

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
18034

Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad
y el Ayuntamiento de Inca, para la incorporación de los Cuerpos de Policía
Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de
Género.

Habiéndose suscrito el 9 de agosto de 2024 el Convenio entre la Secretaría de
Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Inca para la incorporación de los Cuerpos de
Policía Locales al «Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de
Género», procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio
que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 2 de septiembre de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Inca
para la Incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al «Sistema
de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de Género»
En Madrid, a 9 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo
de lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la
calle Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Virgilio Moreno Sarrió, Alcalde del Ayuntamiento de Inca (en
adelante, el Ayuntamiento), nombrado por sesión plenaria de fecha 17 de junio de 2023,
actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las atribuciones que le
confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de
Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente convenio en la plaza España, 1,
de Inca.

EXPONEN
Primero.
Que el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del

cve: BOE-A-2024-18034
Verificable en https://www.boe.es

Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,