II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-17949)
Resolución de 22 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216
Viernes 6 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 111519
La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el
funcionario o funcionaria podrá, no obstante, diferir el cese, por necesidades del servicio,
de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse a la Unidad a la que haya sido
destinado el funcionario o la funcionaria.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública podrá
aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga
prevista en el párrafo anterior. Para su concesión será necesario que el Departamento
que lo solicita emita informe motivado de la necesidad de dicho aplazamiento.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, la persona titular de
la Subsecretaría del Departamento donde haya obtenido nuevo destino el funcionario o
la funcionaria podrá conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días
hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita la persona interesada
por razones justificadas.
Undécima.
Destinos adjudicados.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo
de toma de posesión de este concurso, se hubiese obtenido otro destino por
convocatoria pública y la persona adjudicataria hubiese tomado posesión en el mismo,
en cuyo caso deberá comunicarlo en el plazo de tres días hábiles por escrito al órgano
convocante. El diferimiento del cese, así como los permisos o licencias que hayan sido
concedidos a las personas interesadas, no supondrán una ampliación del plazo para la
opción de destino prevista en este apartado, y en el artículo 49 del Real
Decreto 364/1995 de 10 de marzo, debiéndose tener en cuenta a estos efectos los
plazos establecidos en la base décima.3.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a personal
funcionario en situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin
perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Aquellas personas participantes que desde el cierre del plazo de presentación de
solicitudes del concurso hasta la resolución de adjudicación hayan sido nombradas o
sean nombradas, por promoción interna, personal funcionario de carrera de cuerpos o
escalas pertenecientes al subgrupo inmediato superior al cuerpo o escala desde el que
han concursado y hayan obtenido un puesto de doble adscripción a subgrupo en la
resolución del presente concurso tomarán posesión del mismo desde el cuerpo o escala
desde el que participan.
Los puestos convocados en el anexo B se adjudicarán en función de las posibles
resultas, esto es, en función de si el funcionario o funcionaria titular del puesto
convocado en tal circunstancia obtiene otro puesto en el presente concurso.
Publicación de la resolución del concurso.
La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución del concurso, con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a las personas interesadas, y a partir
de la misma empezarán a contarse los plazos establecidos para que los ministerios y
organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes.
Decimotercera.
Recursos.
Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde
cve: BOE-A-2024-17949
Verificable en https://www.boe.es
Duodécima.
Núm. 216
Viernes 6 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 111519
La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el
funcionario o funcionaria podrá, no obstante, diferir el cese, por necesidades del servicio,
de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse a la Unidad a la que haya sido
destinado el funcionario o la funcionaria.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública podrá
aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga
prevista en el párrafo anterior. Para su concesión será necesario que el Departamento
que lo solicita emita informe motivado de la necesidad de dicho aplazamiento.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, la persona titular de
la Subsecretaría del Departamento donde haya obtenido nuevo destino el funcionario o
la funcionaria podrá conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días
hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita la persona interesada
por razones justificadas.
Undécima.
Destinos adjudicados.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo
de toma de posesión de este concurso, se hubiese obtenido otro destino por
convocatoria pública y la persona adjudicataria hubiese tomado posesión en el mismo,
en cuyo caso deberá comunicarlo en el plazo de tres días hábiles por escrito al órgano
convocante. El diferimiento del cese, así como los permisos o licencias que hayan sido
concedidos a las personas interesadas, no supondrán una ampliación del plazo para la
opción de destino prevista en este apartado, y en el artículo 49 del Real
Decreto 364/1995 de 10 de marzo, debiéndose tener en cuenta a estos efectos los
plazos establecidos en la base décima.3.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a personal
funcionario en situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin
perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Aquellas personas participantes que desde el cierre del plazo de presentación de
solicitudes del concurso hasta la resolución de adjudicación hayan sido nombradas o
sean nombradas, por promoción interna, personal funcionario de carrera de cuerpos o
escalas pertenecientes al subgrupo inmediato superior al cuerpo o escala desde el que
han concursado y hayan obtenido un puesto de doble adscripción a subgrupo en la
resolución del presente concurso tomarán posesión del mismo desde el cuerpo o escala
desde el que participan.
Los puestos convocados en el anexo B se adjudicarán en función de las posibles
resultas, esto es, en función de si el funcionario o funcionaria titular del puesto
convocado en tal circunstancia obtiene otro puesto en el presente concurso.
Publicación de la resolución del concurso.
La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución del concurso, con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a las personas interesadas, y a partir
de la misma empezarán a contarse los plazos establecidos para que los ministerios y
organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes.
Decimotercera.
Recursos.
Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde
cve: BOE-A-2024-17949
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Duodécima.