III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2024-17864)
Resolución de 27 de agosto de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cantabria para colaborar en la realización del seminario "La geografía del hambre en un mundo multi-crisis".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 214
Miércoles 4 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 111230
gastos vigente que se indican a continuación, en los cuales existe crédito adecuado y
suficiente, para lo cual se aprueba el correspondiente gasto:
28.101.322C.226.06 para el gasto correspondiente a honorarios, por importe
de 5.550,00 euros.
28.101.322C.231 para el gasto correspondiente a viajes, por importe de 8.535,00
euros.
ii. La financiación máxima por parte de la UIMP será de veintiún mil novecientos
sesenta y ocho euros con sesenta céntimos (21.968,60 euros), importe ya incluido en el
gasto para la organización del seminario indicado en el punto i) de este apartado.
iii. La UIMP podrá gestionar la participación en la financiación del seminario de
otras entidades públicas o privadas en calidad de colaboradores o copatrocinadores,
para cubrir su compromiso económico en relación con este convenio, firmando con
dichas entidades los correspondientes convenios o contratos de patrocinio
(independientes del presente convenio), e informando de ello a la UC, y sin que la suma
de esas otras colaboraciones junto con la aportación de la UC pueda ser superior al
presupuesto total del seminario.
Cuarta.
Visibilidad de la colaboración. Titularidad de los resultados. Publicaciones.
Quinta.
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.
Las partes no consideran necesario crear una comisión específica, como órgano
colegiado que se encargue del seguimiento del desarrollo del convenio, si bien los
equipos técnicos y responsables de ambas entidades estarán en estrecho contacto,
comunicándose o reuniéndose siempre que lo consideren conveniente para la buena
marcha del convenio.
Por parte de la UIMP el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio
y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través del
cve: BOE-A-2024-17864
Verificable en https://www.boe.es
I. En todos los medios y soportes que se utilicen para la promoción y difusión del
seminario se destacará la colaboración de la UC con la UIMP, respetando en todo caso
los logotipos y las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin.
La difusión de esta colaboración por parte de la UIMP no constituirá una prestación
de servicios.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el seminario en ejecución de este convenio, así como
de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso de los
profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores podrán
transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los derechos
patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución, comunicación
pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se formaliza por
escrito, mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el tiempo y el
ámbito territorial. En todo caso las partes se comprometen al cumplimiento de la
legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
III. Más allá de la grabación que realizará la UIMP para su incorporación a su
archivo digital, en el caso de que alguna de las partes tuviese interés en realizar
publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del seminario
deberá previamente comunicarlo por escrito a la contraparte, sin perjuicio de los demás
permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra, etc.).
En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título del
seminario, fecha y lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes
firmantes en su organización, debiendo supervisar necesariamente cada una de ellas
estos aspectos. La edición se llevará a cabo sin coste alguno para la otra parte, salvo
que se acuerde otra cosa mediante el correspondiente convenio. La parte editora enviará
a la otra un mínimo de 3 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.
Núm. 214
Miércoles 4 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 111230
gastos vigente que se indican a continuación, en los cuales existe crédito adecuado y
suficiente, para lo cual se aprueba el correspondiente gasto:
28.101.322C.226.06 para el gasto correspondiente a honorarios, por importe
de 5.550,00 euros.
28.101.322C.231 para el gasto correspondiente a viajes, por importe de 8.535,00
euros.
ii. La financiación máxima por parte de la UIMP será de veintiún mil novecientos
sesenta y ocho euros con sesenta céntimos (21.968,60 euros), importe ya incluido en el
gasto para la organización del seminario indicado en el punto i) de este apartado.
iii. La UIMP podrá gestionar la participación en la financiación del seminario de
otras entidades públicas o privadas en calidad de colaboradores o copatrocinadores,
para cubrir su compromiso económico en relación con este convenio, firmando con
dichas entidades los correspondientes convenios o contratos de patrocinio
(independientes del presente convenio), e informando de ello a la UC, y sin que la suma
de esas otras colaboraciones junto con la aportación de la UC pueda ser superior al
presupuesto total del seminario.
Cuarta.
Visibilidad de la colaboración. Titularidad de los resultados. Publicaciones.
Quinta.
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.
Las partes no consideran necesario crear una comisión específica, como órgano
colegiado que se encargue del seguimiento del desarrollo del convenio, si bien los
equipos técnicos y responsables de ambas entidades estarán en estrecho contacto,
comunicándose o reuniéndose siempre que lo consideren conveniente para la buena
marcha del convenio.
Por parte de la UIMP el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio
y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través del
cve: BOE-A-2024-17864
Verificable en https://www.boe.es
I. En todos los medios y soportes que se utilicen para la promoción y difusión del
seminario se destacará la colaboración de la UC con la UIMP, respetando en todo caso
los logotipos y las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin.
La difusión de esta colaboración por parte de la UIMP no constituirá una prestación
de servicios.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el seminario en ejecución de este convenio, así como
de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso de los
profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores podrán
transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los derechos
patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución, comunicación
pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se formaliza por
escrito, mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el tiempo y el
ámbito territorial. En todo caso las partes se comprometen al cumplimiento de la
legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
III. Más allá de la grabación que realizará la UIMP para su incorporación a su
archivo digital, en el caso de que alguna de las partes tuviese interés en realizar
publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del seminario
deberá previamente comunicarlo por escrito a la contraparte, sin perjuicio de los demás
permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra, etc.).
En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título del
seminario, fecha y lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes
firmantes en su organización, debiendo supervisar necesariamente cada una de ellas
estos aspectos. La edición se llevará a cabo sin coste alguno para la otra parte, salvo
que se acuerde otra cosa mediante el correspondiente convenio. La parte editora enviará
a la otra un mínimo de 3 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.