III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2024-17774)
Resolución de 26 de agosto de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de La Rioja, para la cesión de información procedente de la base padronal del INE en el ámbito de los trabajos previstos en la Orden TER/1235/2023, de 15 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2023 de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de los sistemas de gestión del padrón municipal de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213
Martes 3 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 110837
En caso de resolución del convenio por incumplimiento de las obligaciones y
compromisos asumidos o por cualquier otra causa prevista en este convenio o en la ley,
la Comisión mixta de Coordinación y Seguimiento propondrá las condiciones y un plazo
improrrogable para la finalización de las actuaciones derivadas de este convenio que
estén en ejecución.
Octava.
Régimen Jurídico y Jurisdicción aplicable.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y su régimen jurídico es el
expresamente establecido para los convenios en el Capítulo VI del Título Preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por otro lado, sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula cuarta, las controversias
no resueltas por la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento, que se pudieran
suscitar durante la vigencia del mismo, serán sometidas a la jurisdicción ContenciosoAdministrativa, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente convenio, de forma electrónica y
a un solo efecto tomándose como fecha de firma la fecha en que lo haga el último
firmante, es decir el 23 de agosto de 2024.–El Consejero de Política Local,
Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, Daniel Osés Ramírez.–El Director
General de Estadísticas de la Población del Instituto Nacional de Estadística, por
delegación de la Presidenta del Organismo, Resolución de 8 de marzo de 2024 de la
Presidencia del INE (BOE de 20 de marzo), Antonio Jesús Argüeso Jiménez.
ANEXO
Compromiso de confidencialidad
Que en virtud de lo establecido en el artículo 5.1 b) Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre
circulación de estos datos, así como lo contemplado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la
información que se facilita proveniente del Padrón sólo podrá utilizarse para los fines
para los que se cede.
Relacionando con el punto anterior se compromete a garantizar las medidas de
seguridad tal y como establece el Esquema Nacional de Seguridad regulado en el Real
Decreto 311/2022 de 5 de mayo, dirigidas a conservar la confidencialidad de la
información, cuyo tratamiento va dirigido a:
La formación de una base de datos de viviendas para cada uno de los municipios
destinatarios del proyecto, incluidos en la solicitud de la subvención, o adheridos con
posterioridad.
cve: BOE-A-2024-17774
Verificable en https://www.boe.es
D./Dña. ..............................................................................................................., con
Documento Nacional de Identidad (o el que lo sustituya reglamentariamente)
número ..........................................., en relación al convenio con el Instituto Nacional de
Estadística (INE), para la cesión de información procedente de la base padronal del INE
en el ámbito de los trabajos previstos en la Orden TER/1235/2023, de 15 de noviembre,
del Ministerio de Política de Territorial, por la que se aprueban las Bases Reguladoras y
se efectúa la convocatoria correspondiente a 2023 de subvenciones destinadas a la
transformación digital y modernización de los Sistemas de Gestión del Padrón Municipal
de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia declara RESPONSABLEMENTE:
Núm. 213
Martes 3 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 110837
En caso de resolución del convenio por incumplimiento de las obligaciones y
compromisos asumidos o por cualquier otra causa prevista en este convenio o en la ley,
la Comisión mixta de Coordinación y Seguimiento propondrá las condiciones y un plazo
improrrogable para la finalización de las actuaciones derivadas de este convenio que
estén en ejecución.
Octava.
Régimen Jurídico y Jurisdicción aplicable.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y su régimen jurídico es el
expresamente establecido para los convenios en el Capítulo VI del Título Preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por otro lado, sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula cuarta, las controversias
no resueltas por la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento, que se pudieran
suscitar durante la vigencia del mismo, serán sometidas a la jurisdicción ContenciosoAdministrativa, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente convenio, de forma electrónica y
a un solo efecto tomándose como fecha de firma la fecha en que lo haga el último
firmante, es decir el 23 de agosto de 2024.–El Consejero de Política Local,
Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, Daniel Osés Ramírez.–El Director
General de Estadísticas de la Población del Instituto Nacional de Estadística, por
delegación de la Presidenta del Organismo, Resolución de 8 de marzo de 2024 de la
Presidencia del INE (BOE de 20 de marzo), Antonio Jesús Argüeso Jiménez.
ANEXO
Compromiso de confidencialidad
Que en virtud de lo establecido en el artículo 5.1 b) Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre
circulación de estos datos, así como lo contemplado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la
información que se facilita proveniente del Padrón sólo podrá utilizarse para los fines
para los que se cede.
Relacionando con el punto anterior se compromete a garantizar las medidas de
seguridad tal y como establece el Esquema Nacional de Seguridad regulado en el Real
Decreto 311/2022 de 5 de mayo, dirigidas a conservar la confidencialidad de la
información, cuyo tratamiento va dirigido a:
La formación de una base de datos de viviendas para cada uno de los municipios
destinatarios del proyecto, incluidos en la solicitud de la subvención, o adheridos con
posterioridad.
cve: BOE-A-2024-17774
Verificable en https://www.boe.es
D./Dña. ..............................................................................................................., con
Documento Nacional de Identidad (o el que lo sustituya reglamentariamente)
número ..........................................., en relación al convenio con el Instituto Nacional de
Estadística (INE), para la cesión de información procedente de la base padronal del INE
en el ámbito de los trabajos previstos en la Orden TER/1235/2023, de 15 de noviembre,
del Ministerio de Política de Territorial, por la que se aprueban las Bases Reguladoras y
se efectúa la convocatoria correspondiente a 2023 de subvenciones destinadas a la
transformación digital y modernización de los Sistemas de Gestión del Padrón Municipal
de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia declara RESPONSABLEMENTE: