II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-17730)
Resolución de 23 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 3 de septiembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 110620

el caso de que no soliciten el puesto que ocupan en adscripción provisional, y este fuera
adjudicado en el concurso, no existirá obligación de asignarles un puesto de trabajo en la
misma localidad.
7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la
Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
8. Las personas que procedan de la situación administrativa de suspensión firme de
funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber finalizado
el periodo de suspensión.
Tercera. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Gerencia de la
Universidad Internacional Menéndez Pelayo, ajustándose a los modelos publicados
como anexos a esta resolución, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a
contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado».
Las instancias se presentarán través del Portal Funciona, siendo imprescindible la
acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin
perjuicio de lo indicado en esta base.
En el caso de que la persona concursante no pueda presentar la solicitud por este
medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación
que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal o de
la aplicación informática correspondiente.
Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de
servicio activo sin reserva de puesto de trabajo o que no presten servicios en la
Administración General del Estado, que no pudieran realizar electrónicamente su
solicitud, podrán presentarla, asimismo, con carácter excepcional, en tanto se habilite
esta posibilidad, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
La forma de presentación no telemática será admitida únicamente en los casos
expresamente previstos en esta base.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
– Anexo II: certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de
gestión de personal.
– Anexo III: solicitud de participación.
– Anexo IV: puestos solicitados por orden de preferencia.
– Anexo V: consentimiento para realizar la consulta de verificación de datos de
residencia del familiar dependiente.
– Copia de los cursos de formación recogidos en la convocatoria, debidamente
acreditados, excepto aquellos que aparezcan ya certificados en el anexo ll de la presente
resolución.
Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que
en ellos se contienen.
El incumplimiento de lo dispuesto en los párrafos anteriores podrá ser causa de
exclusión de la participación en el concurso.

cve: BOE-A-2024-17730
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Núm. 213