III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Deuda del Estado. (BOE-A-2024-17714)
Resolución de 30 de agosto de 2024, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de septiembre de 2024 y se convocan las correspondientes subastas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 110528
años al 3,45 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2034. En las Obligaciones del
Estado, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona
euro, al 1,00 por 100, con vencimiento 30 de noviembre de 2030, el cupón real anual y
las fechas de amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se
establecieron en las Órdenes ECC/509/2015 y ECC/521/2015 de 24 y 25 de marzo,
respectivamente.
2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo el 30 de noviembre
de 2024 en las Obligaciones al 1,00 por 100, indexadas a la inflación y el 31 de mayo
de 2025 en los Bonos a tres años al 2,50 por 100 y en los Bonos a cinco años al 3,50
por 100. En las Obligaciones a diez años al 3,45 por 100, el primer cupón a pagar será
el 31 de octubre de 2024, por un importe de 1,395082 por 100, según se establece en la
Orden ECM/516/2024.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio
de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos
segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y
reconstitución en las cuatro referencias que se emiten, la autorización deberá aprobarse
por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 5 de septiembre de 2024, conforme al
calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 23 de enero de 2024, y el
precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en
tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número
entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón y, además, en el caso
de las Obligaciones al 1,00 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en consideración
la aplicación del correspondiente índice multiplicador o coeficiente de indexación. A este
respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma
que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ECM/25/2024, de 19 de enero, es
el 0,70 por 100 en los Bonos a tres años al 2,50 por 100, el 0,98 por 100 en los Bonos a
cinco años al 3,50 por 100, el 0,78 por 100 en las Obligaciones al 1,00 por 100
indexadas a la inflación y el 0,91 por 100 en las Obligaciones a diez años al 3,45
por 100. Asimismo, el coeficiente de indexación o índice multiplicador correspondiente a
la fecha de emisión, calculado según lo dispuesto en el punto 3.g. de la Orden
ECC/509/2015, es el 1,25633.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta resolución, a
las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito
de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las
subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores
y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la
normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 10
de septiembre de 2024, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares
de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y
Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF
Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las
emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación
de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en
circulación.
6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la
participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y
rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone,
calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ECM/25/2024,
de 19 de enero.
Madrid, 30 de agosto de 2024.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera,
P. D. de firma (Resolución de 20 de febrero de 2024), la Subdirectora General de Gestión
de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.
cve: BOE-A-2024-17714
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 212
Lunes 2 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 110528
años al 3,45 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2034. En las Obligaciones del
Estado, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona
euro, al 1,00 por 100, con vencimiento 30 de noviembre de 2030, el cupón real anual y
las fechas de amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se
establecieron en las Órdenes ECC/509/2015 y ECC/521/2015 de 24 y 25 de marzo,
respectivamente.
2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo el 30 de noviembre
de 2024 en las Obligaciones al 1,00 por 100, indexadas a la inflación y el 31 de mayo
de 2025 en los Bonos a tres años al 2,50 por 100 y en los Bonos a cinco años al 3,50
por 100. En las Obligaciones a diez años al 3,45 por 100, el primer cupón a pagar será
el 31 de octubre de 2024, por un importe de 1,395082 por 100, según se establece en la
Orden ECM/516/2024.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio
de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos
segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y
reconstitución en las cuatro referencias que se emiten, la autorización deberá aprobarse
por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 5 de septiembre de 2024, conforme al
calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 23 de enero de 2024, y el
precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en
tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número
entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón y, además, en el caso
de las Obligaciones al 1,00 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en consideración
la aplicación del correspondiente índice multiplicador o coeficiente de indexación. A este
respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma
que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ECM/25/2024, de 19 de enero, es
el 0,70 por 100 en los Bonos a tres años al 2,50 por 100, el 0,98 por 100 en los Bonos a
cinco años al 3,50 por 100, el 0,78 por 100 en las Obligaciones al 1,00 por 100
indexadas a la inflación y el 0,91 por 100 en las Obligaciones a diez años al 3,45
por 100. Asimismo, el coeficiente de indexación o índice multiplicador correspondiente a
la fecha de emisión, calculado según lo dispuesto en el punto 3.g. de la Orden
ECC/509/2015, es el 1,25633.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta resolución, a
las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito
de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las
subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores
y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la
normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 10
de septiembre de 2024, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares
de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y
Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF
Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las
emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación
de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en
circulación.
6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la
participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y
rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone,
calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ECM/25/2024,
de 19 de enero.
Madrid, 30 de agosto de 2024.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera,
P. D. de firma (Resolución de 20 de febrero de 2024), la Subdirectora General de Gestión
de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.
cve: BOE-A-2024-17714
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Núm. 212