II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-17661)
Resolución de 3 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212
Lunes 2 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 110162
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
– Anexo II. Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de
gestión de personal (salvo en el supuesto de funcionarios y funcionarias destinados en
este departamento, que no será necesaria su presentación).
– Anexo III. Solicitud de participación.
– Anexo IV. Consentimiento del familiar dependiente para realizar consultas al
sistema de verificación de datos de residencia (conciliación por cuidado de familiar).
– Anexo V. Consentimiento y modelo de información básico y adicional para la
obtención de datos y consulta de información.
– Anexo VI. Certificado de méritos específicos.
Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que
en ellos se contienen.
El incumplimiento de lo dispuesto en los párrafos anteriores podrá ser causa de
exclusión de la participación en el concurso.
2. Los funcionarios y las funcionarias con alguna discapacidad reconocida podrán
pedir la adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la
solicitud se deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la
materia, que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el
desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La
compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se
valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.
3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un
determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos
exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus
solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan
destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario,
anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando
vigente el resto de sus solicitudes.
Los funcionarios y las funcionarias que se acojan a esta petición condicional deberán
concretarlo en su solicitud y aportar una copia de la petición de la otra persona
solicitante.
No podrán solicitarse plazas condicionadas respecto a la localidad en la que ya se
encuentre destinada con carácter definitivo alguna de las personas peticionarias
Baremo de valoración.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de
presentación de instancias. Sin perjuicio de lo anterior, el certificado de méritos podrá
aportarse fuera del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se aporte el
justificante de su solicitud formulada en plazo.
La valoración de los puestos de trabajo que hayan sido reclasificados en su nivel de
complemento de destino durante la tramitación de este concurso se realizará teniendo en
cuenta las características del puesto a fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, independientemente de la fecha de su reclasificación o de los posibles
efectos retroactivos que se reconozcan en la misma.
El presente concurso consta de dos fases. En la primera de ellas se valorarán los
méritos generales y, en la segunda, los méritos específicos adecuados a las
características del puesto.
Para poder obtener un puesto de trabajo en el presente concurso habrá de
alcanzarse una valoración mínima de 15 puntos en la primera fase y de 10 puntos en la
segunda.
cve: BOE-A-2024-17661
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 212
Lunes 2 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 110162
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
– Anexo II. Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de
gestión de personal (salvo en el supuesto de funcionarios y funcionarias destinados en
este departamento, que no será necesaria su presentación).
– Anexo III. Solicitud de participación.
– Anexo IV. Consentimiento del familiar dependiente para realizar consultas al
sistema de verificación de datos de residencia (conciliación por cuidado de familiar).
– Anexo V. Consentimiento y modelo de información básico y adicional para la
obtención de datos y consulta de información.
– Anexo VI. Certificado de méritos específicos.
Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que
en ellos se contienen.
El incumplimiento de lo dispuesto en los párrafos anteriores podrá ser causa de
exclusión de la participación en el concurso.
2. Los funcionarios y las funcionarias con alguna discapacidad reconocida podrán
pedir la adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la
solicitud se deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la
materia, que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el
desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La
compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se
valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.
3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un
determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos
exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus
solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan
destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario,
anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando
vigente el resto de sus solicitudes.
Los funcionarios y las funcionarias que se acojan a esta petición condicional deberán
concretarlo en su solicitud y aportar una copia de la petición de la otra persona
solicitante.
No podrán solicitarse plazas condicionadas respecto a la localidad en la que ya se
encuentre destinada con carácter definitivo alguna de las personas peticionarias
Baremo de valoración.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de
presentación de instancias. Sin perjuicio de lo anterior, el certificado de méritos podrá
aportarse fuera del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se aporte el
justificante de su solicitud formulada en plazo.
La valoración de los puestos de trabajo que hayan sido reclasificados en su nivel de
complemento de destino durante la tramitación de este concurso se realizará teniendo en
cuenta las características del puesto a fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, independientemente de la fecha de su reclasificación o de los posibles
efectos retroactivos que se reconozcan en la misma.
El presente concurso consta de dos fases. En la primera de ellas se valorarán los
méritos generales y, en la segunda, los méritos específicos adecuados a las
características del puesto.
Para poder obtener un puesto de trabajo en el presente concurso habrá de
alcanzarse una valoración mínima de 15 puntos en la primera fase y de 10 puntos en la
segunda.
cve: BOE-A-2024-17661
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.