III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-17698)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Empresa Nacional de Residuos Radioactivos, SA, S.M.E., y el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P. para el Proyecto de I+D sobre acondicionamiento de grafito irradiado en hormigones y geopolímeros, escalado industrial.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212
Lunes 2 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 110399
Por cuanto antecede CIEMAT y Enresa convienen el otorgamiento del presente
convenio, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer los términos y condiciones en que
CIEMAT y Enresa desarrollarán el programa de investigación bajo el título
«Acondicionamiento de grafito irradiado en hormigones y geopolímeros (GEHOGRAF)».
Los trabajos objeto del presente convenio tendrán el alcance descrito en la memoria
técnica y económica anexa, que se aprueba y constituye parte integrante del presente
convenio.
Segunda.
Obligaciones de las partes.
Serán obligaciones de Enresa:
– Para la ejecución del presente convenio, contribuir hasta un importe máximo
de 966.775,27 euros (novecientos sesenta y seis mil setecientos setenta y cinco con
veintisiete Euros), de conformidad con el detalle que se contiene en la cláusula tercera
de este convenio y en la memoria técnica y económica anexa.
– Asesoramiento técnico en base a la experiencia en el área de la gestión del
combustible gastado y residuos radiactivos cuando sea necesario.
– Mantener con carácter permanente los equipos de trabajo necesarios para la
ejecución de los trabajos objeto de este convenio, de forma que permitan el
cumplimiento de los plazos establecidos en la cláusula décima.
– Participar activamente en el seguimiento del proyecto según los mecanismos
descritos en la cláusula cuarta.
Serán obligaciones de CIEMAT:
– Para la ejecución del objeto del convenio contribuir hasta un importe máximo
de 357.574,41 euros (trescientos cincuenta y siete mil quinientos setenta y cuatro con
cuarenta y un Euros), de conformidad con el detalle que se contiene en la cláusula
tercera de este convenio y en la memoria técnica y económica anexa.
– Mantener con carácter permanente los equipos de trabajo necesarios para la
ejecución de los trabajos objeto de este convenio, de forma que permitan el
cumplimiento de los plazos establecidos en la cláusula décima.
– Participar activamente en el seguimiento del proyecto según los mecanismos
descritos en la cláusula cuarta.
Para el desarrollo del objeto del presente convenio, las Partes contribuirán con
personal, fungible, material y otros gastos. El coste total previsto para la realización del
proyecto asciende a 1.324.349,68 euros, sumando las contribuciones de CIEMAT y
Enresa. Enresa contribuirá con el 73 % del coste del proyecto y CIEMAT contribuirá con
el 27 %.
La contribución se hará en base a los informes técnicos de seguimiento de I+D de
periodicidad semestral, especificados en la memoria Técnica, tras su elaboración y
aceptación por ambas Partes. Las partes soportarán los tributos que a cada una de ellas
corresponda con arreglo a las leyes.
El CIEMAT asume sus costes de participación con cargo a las aplicaciones
presupuestarias 28.103.467H.2 y 28.103.467H.6.
Las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento podrán promover y aprobar
posibles reajustes de anualidades de pagos en función de la evolución de la ejecución
cve: BOE-A-2024-17698
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Condiciones económicas.
Núm. 212
Lunes 2 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 110399
Por cuanto antecede CIEMAT y Enresa convienen el otorgamiento del presente
convenio, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer los términos y condiciones en que
CIEMAT y Enresa desarrollarán el programa de investigación bajo el título
«Acondicionamiento de grafito irradiado en hormigones y geopolímeros (GEHOGRAF)».
Los trabajos objeto del presente convenio tendrán el alcance descrito en la memoria
técnica y económica anexa, que se aprueba y constituye parte integrante del presente
convenio.
Segunda.
Obligaciones de las partes.
Serán obligaciones de Enresa:
– Para la ejecución del presente convenio, contribuir hasta un importe máximo
de 966.775,27 euros (novecientos sesenta y seis mil setecientos setenta y cinco con
veintisiete Euros), de conformidad con el detalle que se contiene en la cláusula tercera
de este convenio y en la memoria técnica y económica anexa.
– Asesoramiento técnico en base a la experiencia en el área de la gestión del
combustible gastado y residuos radiactivos cuando sea necesario.
– Mantener con carácter permanente los equipos de trabajo necesarios para la
ejecución de los trabajos objeto de este convenio, de forma que permitan el
cumplimiento de los plazos establecidos en la cláusula décima.
– Participar activamente en el seguimiento del proyecto según los mecanismos
descritos en la cláusula cuarta.
Serán obligaciones de CIEMAT:
– Para la ejecución del objeto del convenio contribuir hasta un importe máximo
de 357.574,41 euros (trescientos cincuenta y siete mil quinientos setenta y cuatro con
cuarenta y un Euros), de conformidad con el detalle que se contiene en la cláusula
tercera de este convenio y en la memoria técnica y económica anexa.
– Mantener con carácter permanente los equipos de trabajo necesarios para la
ejecución de los trabajos objeto de este convenio, de forma que permitan el
cumplimiento de los plazos establecidos en la cláusula décima.
– Participar activamente en el seguimiento del proyecto según los mecanismos
descritos en la cláusula cuarta.
Para el desarrollo del objeto del presente convenio, las Partes contribuirán con
personal, fungible, material y otros gastos. El coste total previsto para la realización del
proyecto asciende a 1.324.349,68 euros, sumando las contribuciones de CIEMAT y
Enresa. Enresa contribuirá con el 73 % del coste del proyecto y CIEMAT contribuirá con
el 27 %.
La contribución se hará en base a los informes técnicos de seguimiento de I+D de
periodicidad semestral, especificados en la memoria Técnica, tras su elaboración y
aceptación por ambas Partes. Las partes soportarán los tributos que a cada una de ellas
corresponda con arreglo a las leyes.
El CIEMAT asume sus costes de participación con cargo a las aplicaciones
presupuestarias 28.103.467H.2 y 28.103.467H.6.
Las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento podrán promover y aprobar
posibles reajustes de anualidades de pagos en función de la evolución de la ejecución
cve: BOE-A-2024-17698
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Condiciones económicas.