III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-17703)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio entre el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y la Corporación de Radio y Televisión Española, para la preservación y accesibilidad del patrimonio cinematográfico español.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212
Lunes 2 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 110445
Las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente
documento y a tal efecto,
EXPONEN
I. Que en fecha 14 de febrero de 2023 las partes firmaron un convenio cuyo objeto
era establecer la colaboración en las tareas de preservación y difusión del patrimonio
cinematográfico español.
II. Que, antes de la finalización del plazo previsto de duración del mencionado
convenio, cuya vigencia expira el 15 de agosto de 2024, y haciendo uso de lo
establecido en su cláusula quinta, las partes han decidido la prórroga del mismo,
teniendo en cuenta los buenos resultados obtenidos en la colaboración realizada.
III. Que, asimismo, se considera preciso modificar la cláusula octava, relativa a la
protección de datos de carácter personal.
Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes acuerdan suscribir
la presente adenda, que se regirá de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de esta adenda es, por un lado, recoger el acuerdo de las partes para
establecer una prórroga en la vigencia del convenio suscrito el 14 de febrero de 2023 por
el ICAA y RTVE, para la colaboración de ambas partes en las tareas de preservación y
difusión del patrimonio cinematográfico español; y, por otro, modificar el contenido de la
cláusula octava, relativa a la protección de datos.
El resto del clausulado se mantiene en idénticos términos.
Segunda.
Prórroga del convenio.
Se establece una prórroga de la vigencia del convenio, por un periodo de dieciocho
meses a contar desde el 15 de agosto de 2024, y una vez que la adenda sea eficaz. Así,
la vigencia del convenio se extiende hasta el 15 de febrero de 2026.
Tercera. Modificación de la cláusula octava. Protección de datos.
Se modifica la cláusula octava del convenio vigente, que pasa a tener la siguiente
redacción:
Las partes garantizan que los datos facilitados a la otra parte se han obtenido
lícitamente y que son adecuados, pertinentes y limitados a los fines del
tratamiento.
Las personas interesadas podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación,
limitación de tratamiento, supresión, portabilidad y oposición al tratamiento de sus
datos de carácter personal, acompañando fotocopia del DNI o pasaporte o
mediante representante legal ante:
Corporación RTVE: protecciondedatos@rtve.es o dirigiéndose a la
Corporación RTVE, por correo postal, en avenida Radiotelevisión, número 4,
28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid). Más información en http://www.rtve.es/
comunes/politica_privacidad.html.
ICAA: dpd.icaa@cultura.gob.es o en la dirección: https://www.cultura.gob.es/
cultura/areas/cine/sobre-el-icaa/proteccion-de-datos.html.»
cve: BOE-A-2024-17703
Verificable en https://www.boe.es
«Octava. Protección de datos.
Núm. 212
Lunes 2 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 110445
Las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente
documento y a tal efecto,
EXPONEN
I. Que en fecha 14 de febrero de 2023 las partes firmaron un convenio cuyo objeto
era establecer la colaboración en las tareas de preservación y difusión del patrimonio
cinematográfico español.
II. Que, antes de la finalización del plazo previsto de duración del mencionado
convenio, cuya vigencia expira el 15 de agosto de 2024, y haciendo uso de lo
establecido en su cláusula quinta, las partes han decidido la prórroga del mismo,
teniendo en cuenta los buenos resultados obtenidos en la colaboración realizada.
III. Que, asimismo, se considera preciso modificar la cláusula octava, relativa a la
protección de datos de carácter personal.
Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes acuerdan suscribir
la presente adenda, que se regirá de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de esta adenda es, por un lado, recoger el acuerdo de las partes para
establecer una prórroga en la vigencia del convenio suscrito el 14 de febrero de 2023 por
el ICAA y RTVE, para la colaboración de ambas partes en las tareas de preservación y
difusión del patrimonio cinematográfico español; y, por otro, modificar el contenido de la
cláusula octava, relativa a la protección de datos.
El resto del clausulado se mantiene en idénticos términos.
Segunda.
Prórroga del convenio.
Se establece una prórroga de la vigencia del convenio, por un periodo de dieciocho
meses a contar desde el 15 de agosto de 2024, y una vez que la adenda sea eficaz. Así,
la vigencia del convenio se extiende hasta el 15 de febrero de 2026.
Tercera. Modificación de la cláusula octava. Protección de datos.
Se modifica la cláusula octava del convenio vigente, que pasa a tener la siguiente
redacción:
Las partes garantizan que los datos facilitados a la otra parte se han obtenido
lícitamente y que son adecuados, pertinentes y limitados a los fines del
tratamiento.
Las personas interesadas podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación,
limitación de tratamiento, supresión, portabilidad y oposición al tratamiento de sus
datos de carácter personal, acompañando fotocopia del DNI o pasaporte o
mediante representante legal ante:
Corporación RTVE: protecciondedatos@rtve.es o dirigiéndose a la
Corporación RTVE, por correo postal, en avenida Radiotelevisión, número 4,
28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid). Más información en http://www.rtve.es/
comunes/politica_privacidad.html.
ICAA: dpd.icaa@cultura.gob.es o en la dirección: https://www.cultura.gob.es/
cultura/areas/cine/sobre-el-icaa/proteccion-de-datos.html.»
cve: BOE-A-2024-17703
Verificable en https://www.boe.es
«Octava. Protección de datos.