III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2024-17705)
Resolución de 26 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias, en materia de estadística para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212

Lunes 2 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 110452

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
17705

Resolución de 26 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias, en materia de
estadística para el año 2024.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del Convenio suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y
la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de estadística para 2024, que figura
como anexo a esta resolución.
Madrid, 26 de agosto de 2024.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación,
Ernesto Abati García-Manso.
ANEXO
Convenio entre la Administración General del Estado a través del Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Comunidad Autónoma de Canarias,
a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria,
en materia de estadística, año 2024
Madrid, 22 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Ernesto Abati García-Manso, Subsecretario de Agricultura, Pesca
y Alimentación, en virtud del Real Decreto 961/2021, de 2 de noviembre, por el que se
dispone su nombramiento, en nombre y representación del citado Departamento,
conforme a las atribuciones delegadas en la Orden APA/21/2019, de 10 de enero, de
fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Y, de otra parte, la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y en su
nombre don Alejandro Narvay Quintero Castañeda, Consejero de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Soberanía Alimentaria, en virtud de nombramiento efectuado por
Decreto 43/2023, de 14 de julio, del Presidente (BOC núm. 138 de 15 de julio de 2023), a
tenor de las atribuciones que le confieren los artículos 16.1 y 29.1.k) de Ley 14/1990,
de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.
Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente
convenio y, a tal efecto,

Primero.
Que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación actúa conforme a lo
establecido en el artículo 149.1.31.ª de la Constitución Española, que reserva de forma
exclusiva al Estado la competencia en materia de estadística para fines estatales.
Por otra parte, la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias ha
asumido la competencia exclusiva sobre las estadísticas de interés para la Comunidad
Autónoma, de conformidad con lo previsto en el artículo 122 de su Estatuto de

cve: BOE-A-2024-17705
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