III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17711)
Resolución de 11 de agosto de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Planta Solar OPDE 41, SL, de autorización administrativa previa del parque eólico Lorbes, de 50 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Zaragoza, La Rioja y Navarra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212
Lunes 2 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 110491
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y Boletín Oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado igualmente
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos que deben presentar
informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Con fecha 1 de julio de 2021, se recibe el informe y el expediente de tramitación del
Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en La Rioja, con
fecha 12 de agosto de 2021, el informe y el expediente de tramitación del Área Funcional
de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Navarra, y con fecha 2 de
noviembre de 2021, el informe y el expediente de tramitación del Área Funcional de
Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza.
Cuarto. Evaluación de impacto ambiental practicada.
Con fecha 15 de noviembre de 2021 se remite a la Subdirección General de
Evaluación Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de
evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 17 de
enero de 2023, resolución por la que formula declaración de impacto ambiental
desfavorable para el parques eólico Lorbes, junto con sus infraestructuras de evacuación
asociadas, concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará impactos adversos
significativos sobre el medio ambiente, sin que las medidas de prevención, corrección y
compensación previstas por el promotor constituyan una garantía suficiente para la
adecuada protección del medio ambiente (en adelante, Declaración de Impacto
Ambiental desfavorable).
La citada resolución se encuentra disponible en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/boe/dias/2023/01/30/pdfs/BOE-A-2023-2440.pdf.
Quinto.
Acuerdo de desacumulación de expedientes.
Sexto.
Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación
de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación La Serna 400 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha de 15 de junio de 2023 tiene entrada en el Registro de este Ministerio
escrito de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se comunica la caducidad de los
cve: BOE-A-2024-17711
Verificable en https://www.boe.es
Habiéndose formulado la declaración de impacto ambiental del proyecto acumulado,
esta Dirección General de Política Energética y Minas acuerda la tramitación separada
de los proyectos antes de la resolución definitiva por separado de cada uno de ellos,
quedando, por tanto, dicha acumulación sin efecto para así resolverse separadamente
todos los procedimientos relativos a los expedientes de autorización administrativa previa
de los parques eólicos Valentuña, Lorbes, Salto del Lobo, Miramón y Sangorrín, y sus
infraestructuras de evacuación.
En consecuencia, el procedimiento de autorización administrativa del proyecto de
parque del parque eólico Lorbes, de 50 MW de potencia instalada, y de su infraestructura
de evacuación, en las provincias de Zaragoza, La Rioja y Navarra pasa a realizarse bajo
el expediente con código PEol-410.
Núm. 212
Lunes 2 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 110491
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y Boletín Oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado igualmente
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos que deben presentar
informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Con fecha 1 de julio de 2021, se recibe el informe y el expediente de tramitación del
Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en La Rioja, con
fecha 12 de agosto de 2021, el informe y el expediente de tramitación del Área Funcional
de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Navarra, y con fecha 2 de
noviembre de 2021, el informe y el expediente de tramitación del Área Funcional de
Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza.
Cuarto. Evaluación de impacto ambiental practicada.
Con fecha 15 de noviembre de 2021 se remite a la Subdirección General de
Evaluación Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de
evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 17 de
enero de 2023, resolución por la que formula declaración de impacto ambiental
desfavorable para el parques eólico Lorbes, junto con sus infraestructuras de evacuación
asociadas, concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará impactos adversos
significativos sobre el medio ambiente, sin que las medidas de prevención, corrección y
compensación previstas por el promotor constituyan una garantía suficiente para la
adecuada protección del medio ambiente (en adelante, Declaración de Impacto
Ambiental desfavorable).
La citada resolución se encuentra disponible en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/boe/dias/2023/01/30/pdfs/BOE-A-2023-2440.pdf.
Quinto.
Acuerdo de desacumulación de expedientes.
Sexto.
Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación
de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación La Serna 400 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha de 15 de junio de 2023 tiene entrada en el Registro de este Ministerio
escrito de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se comunica la caducidad de los
cve: BOE-A-2024-17711
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Habiéndose formulado la declaración de impacto ambiental del proyecto acumulado,
esta Dirección General de Política Energética y Minas acuerda la tramitación separada
de los proyectos antes de la resolución definitiva por separado de cada uno de ellos,
quedando, por tanto, dicha acumulación sin efecto para así resolverse separadamente
todos los procedimientos relativos a los expedientes de autorización administrativa previa
de los parques eólicos Valentuña, Lorbes, Salto del Lobo, Miramón y Sangorrín, y sus
infraestructuras de evacuación.
En consecuencia, el procedimiento de autorización administrativa del proyecto de
parque del parque eólico Lorbes, de 50 MW de potencia instalada, y de su infraestructura
de evacuación, en las provincias de Zaragoza, La Rioja y Navarra pasa a realizarse bajo
el expediente con código PEol-410.