III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2024-17649)
Resolución de 9 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio de colaboración con la Comunidad Foral de Navarra, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 211
Sábado 31 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 110114
los objetivos. Tras previa consulta con la Secretaría General de Fondos Europeos, podrá
flexibilizarse el período de ejecución de actuaciones para el cumplimiento en los
objetivos CID 326 y 470 hasta el día 1 de diciembre de 2024.
En consecuencia, para asegurar que el convenio suscrito en su momento entre el
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Foral de Navarra reúne
todos los requisitos exigidos por la Comisión Europea en cuanto al cumplimiento de Hitos
y Objetivos, así como la justificación y trazabilidad de los proyectos y la flexibilización
anteriormente mencionada, se modifican los anexos I y II y se da un plazo para adaptar
el anexo III en este sentido.
De conformidad con la cláusula duodécima del convenio, se prevé la posibilidad de
modificación del mismo por acuerdo expreso de las partes firmantes, siguiendo la misma
tramitación que para su suscripción inicial.
Por todo lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y en el
artículo 140 de la citada ley, sobre las relaciones que deben regir entre las
administraciones públicas, las partes firmantes desean formalizar la presente adenda,
con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la Adenda.
La presente Adenda se formaliza con la intención de dar una nueva redacción a las
cláusulas segunda, tercera, cuarta, quinta, novena y decimocuarta del convenio suscrito
en 2021 así como la introducción de una nueva cláusula al convenio, que será la
decimoquinta y, finalmente, se dispone la modificación de los anexos I y II del convenio y
el establecimiento de un plazo para acometer la modificación del anexo III del mismo.
Segunda.
Nueva redacción del clausulado.
Se da nueva redacción a las cláusulas segunda, tercera, cuarta, quinta, novena y
decimocuarta del convenio, que pasarán a tener el siguiente tenor literal:
«Segunda. Compromisos económicos asumidos por el Ministerio de Derechos
Sociales, Consumo y Agenda 2030.
1.
Acuerdo de distribución del crédito:
Mediante Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema
de Autonomía y Atención a la Dependencia, de 27 de mayo de 2024, se reparte la
cuantía de mil noventa y nueve millones novecientos noventa y cuatro mil ciento
setenta y ocho euros (1.099.994.178 €) consignados en los programas 23VA,
23VB Y 23VC de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023,
incorporada a la anualidad 2024, de las inversiones de la Componente 22 del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. Partida Presupuestaria correspondiente al compromiso adquirido:
Este programa está financiado por el Instrumento Financiero Next Generation
Los compromisos de gasto adquiridos a través de estos convenios se
circunscriben a la distribución de los créditos correspondientes a las partidas
presupuestarias que se detallan a continuación, de la Ley de Presupuestos
Generales para el año 2023, incorporadas a la anualidad 2024 en los
Presupuestos de Gastos del Departamento prorrogados para el ejercicio 2024.
cve: BOE-A-2024-17649
Verificable en https://www.boe.es
EU.
Núm. 211
Sábado 31 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 110114
los objetivos. Tras previa consulta con la Secretaría General de Fondos Europeos, podrá
flexibilizarse el período de ejecución de actuaciones para el cumplimiento en los
objetivos CID 326 y 470 hasta el día 1 de diciembre de 2024.
En consecuencia, para asegurar que el convenio suscrito en su momento entre el
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Foral de Navarra reúne
todos los requisitos exigidos por la Comisión Europea en cuanto al cumplimiento de Hitos
y Objetivos, así como la justificación y trazabilidad de los proyectos y la flexibilización
anteriormente mencionada, se modifican los anexos I y II y se da un plazo para adaptar
el anexo III en este sentido.
De conformidad con la cláusula duodécima del convenio, se prevé la posibilidad de
modificación del mismo por acuerdo expreso de las partes firmantes, siguiendo la misma
tramitación que para su suscripción inicial.
Por todo lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y en el
artículo 140 de la citada ley, sobre las relaciones que deben regir entre las
administraciones públicas, las partes firmantes desean formalizar la presente adenda,
con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la Adenda.
La presente Adenda se formaliza con la intención de dar una nueva redacción a las
cláusulas segunda, tercera, cuarta, quinta, novena y decimocuarta del convenio suscrito
en 2021 así como la introducción de una nueva cláusula al convenio, que será la
decimoquinta y, finalmente, se dispone la modificación de los anexos I y II del convenio y
el establecimiento de un plazo para acometer la modificación del anexo III del mismo.
Segunda.
Nueva redacción del clausulado.
Se da nueva redacción a las cláusulas segunda, tercera, cuarta, quinta, novena y
decimocuarta del convenio, que pasarán a tener el siguiente tenor literal:
«Segunda. Compromisos económicos asumidos por el Ministerio de Derechos
Sociales, Consumo y Agenda 2030.
1.
Acuerdo de distribución del crédito:
Mediante Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema
de Autonomía y Atención a la Dependencia, de 27 de mayo de 2024, se reparte la
cuantía de mil noventa y nueve millones novecientos noventa y cuatro mil ciento
setenta y ocho euros (1.099.994.178 €) consignados en los programas 23VA,
23VB Y 23VC de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023,
incorporada a la anualidad 2024, de las inversiones de la Componente 22 del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. Partida Presupuestaria correspondiente al compromiso adquirido:
Este programa está financiado por el Instrumento Financiero Next Generation
Los compromisos de gasto adquiridos a través de estos convenios se
circunscriben a la distribución de los créditos correspondientes a las partidas
presupuestarias que se detallan a continuación, de la Ley de Presupuestos
Generales para el año 2023, incorporadas a la anualidad 2024 en los
Presupuestos de Gastos del Departamento prorrogados para el ejercicio 2024.
cve: BOE-A-2024-17649
Verificable en https://www.boe.es
EU.