III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2024-17646)
Resolución de 9 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Aragón, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 211
Sábado 31 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 110066
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO
Y AGENDA 2030
17646
Resolución de 9 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos
Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio de
colaboración con la Comunidad Autónoma de Aragón, para la ejecución de
proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Comunidad
Autónoma de Aragón han suscrito, con fecha 6 de agosto de 2024, una Adenda de
modificación del Convenio de colaboración para la ejecución de proyectos con cargo a
los fondos europeos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
correspondientes a la anualidad inicial de 2023 (remanente incorporado a la
anualidad 2024), por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que
figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 9 de agosto de 2024.–La Secretaria de Estado de Derechos Sociales, María
Rosa Martínez Rodríguez.
ANEXO
Adenda de modificación del Convenio de colaboración entre el Ministerio
de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma
de Aragón, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos
procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
correspondientes a la anualidad inicial de 2023 (remanente incorporado
a la anualidad 2024)
Don Pablo Bustinduy Amador, Ministro de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030, nombrado por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre (BOE de 21 de
noviembre de 2023), en nombre y representación del Ministerio de Derechos Sociales,
Consumo y Agenda 2030, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 50/1997,
de 27 de noviembre, del Gobierno y en el artículo 61 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Doña Carmen María Susín Gabarre, Consejera de Bienestar Social y Familia de la
Comunidad Autónoma de Aragón, en nombre y representación de la Comunidad
Autónoma de Aragón, en virtud de lo dispuesto en la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del
Presidente y del Gobierno de Aragón, por Decreto de 11 de agosto de 2013, del
Presidente del Gobierno de Aragón («Boletín Oficial de Aragón», número 155, de 8 de
agosto de 2023).
Las partes, intervienen en nombre y representación de sus respectivas
Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente
atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente
cve: BOE-A-2024-17646
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 211
Sábado 31 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 110066
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO
Y AGENDA 2030
17646
Resolución de 9 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos
Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio de
colaboración con la Comunidad Autónoma de Aragón, para la ejecución de
proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Comunidad
Autónoma de Aragón han suscrito, con fecha 6 de agosto de 2024, una Adenda de
modificación del Convenio de colaboración para la ejecución de proyectos con cargo a
los fondos europeos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
correspondientes a la anualidad inicial de 2023 (remanente incorporado a la
anualidad 2024), por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que
figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 9 de agosto de 2024.–La Secretaria de Estado de Derechos Sociales, María
Rosa Martínez Rodríguez.
ANEXO
Adenda de modificación del Convenio de colaboración entre el Ministerio
de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma
de Aragón, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos
procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
correspondientes a la anualidad inicial de 2023 (remanente incorporado
a la anualidad 2024)
Don Pablo Bustinduy Amador, Ministro de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030, nombrado por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre (BOE de 21 de
noviembre de 2023), en nombre y representación del Ministerio de Derechos Sociales,
Consumo y Agenda 2030, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 50/1997,
de 27 de noviembre, del Gobierno y en el artículo 61 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Doña Carmen María Susín Gabarre, Consejera de Bienestar Social y Familia de la
Comunidad Autónoma de Aragón, en nombre y representación de la Comunidad
Autónoma de Aragón, en virtud de lo dispuesto en la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del
Presidente y del Gobierno de Aragón, por Decreto de 11 de agosto de 2013, del
Presidente del Gobierno de Aragón («Boletín Oficial de Aragón», número 155, de 8 de
agosto de 2023).
Las partes, intervienen en nombre y representación de sus respectivas
Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente
atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente
cve: BOE-A-2024-17646
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