III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Ciudad de Ceuta. Convenio. (BOE-A-2024-17645)
Resolución de 9 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio de colaboración con la Ciudad de Ceuta, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 211

Sábado 31 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 110052

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO
Y AGENDA 2030
17645

Resolución de 9 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos
Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio de
colaboración con la Ciudad de Ceuta, para la ejecución de proyectos con
cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia.

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Ciudad Autónoma
de Ceuta han suscrito, con fecha 30 de julio de 2024, una Adenda de modificación del
Convenio de colaboración para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos
europeos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia correspondientes a
la anualidad inicial de 2023 (remanente incorporado a la anualidad 2024), por lo que
conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Adenda, que figura como anexo a
esta resolución.
Madrid, 9 de agosto de 2024.–La Secretaria de Estado de Derechos Sociales, María
Rosa Martínez Rodríguez.
ANEXO
Adenda de modificación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de
Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Ciudad Autónoma de Ceuta para
la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia correspondientes a la anualidad inicial
de 2023 (remanente incorporado a la anualidad 2024)
REUNIDOS

Las partes, intervienen en nombre y representación de sus respectivas
Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente
atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente
para obligarse mediante la presente adenda en los términos que en ella se contienen, y
al efecto,

cve: BOE-A-2024-17645
Verificable en https://www.boe.es

Don Pablo Bustinduy Amador, Ministro de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030, nombrado por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre (BOE de 21 de
noviembre de 2023), en nombre y representación del Ministerio de Derechos Sociales,
Consumo y Agenda 2030, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 50/1997,
de 27 de noviembre, del Gobierno y en el artículo 61 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Excma. Sra. Consejera de Sanidad y Servicios Sociales, doña Nabila Benzina
Pavón, según Decretos de la Presidencia, 23 de junio 2023 (BOCCE 23 de junio
de 2023) y 29 de noviembre de 2023 (BOCCE extraordinario n.º 73 de 29 de noviembre
de 2023).