III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-17618)
Resolución de 22 de agosto de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Castilla-La Mancha, para la realización de prácticas de grado y posgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 211
Sábado 31 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 109865
las causas de resolución previstas en el apartado 2 del artículo 51 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes que diera lugar a la resolución del convenio, cada una de las
partes deberá realizar las prestaciones a su cargo hasta el fin del trimestre natural en
que se produzca la resolución del convenio.
Decimocuarta.
Controversias.
Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Igualmente, las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier
controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución de presente convenio. De no
ser posible una solución amistosa, las partes se someterán a los Juzgados y Tribunales
del orden jurisdiccional contencioso-administrativo que resulten competentes.
El presente acuerdo está contemplado en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y se regirá por sus propios términos y condiciones,
aplicándose los principios del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios para
cualquier duda que pueda suscitarse.
cve: BOE-A-2024-17618
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha indicados.–Por la
Universidad de Castilla-La Mancha, Ángela González Moreno, Vicerrectora de
Innovación, Empleo y Emprendimiento, a 24 de mayo de 2024.–Por el Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la Directora General del Servicio
Exterior (P. D. Orden AUC 462/2021, de 28 de abril de fijación de límites para administrar
ciertos gastos y de delegación de competencias), María Hilda Jiménez Nuñez, a 30 de
mayo de 2024.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 211
Sábado 31 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 109865
las causas de resolución previstas en el apartado 2 del artículo 51 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes que diera lugar a la resolución del convenio, cada una de las
partes deberá realizar las prestaciones a su cargo hasta el fin del trimestre natural en
que se produzca la resolución del convenio.
Decimocuarta.
Controversias.
Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Igualmente, las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier
controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución de presente convenio. De no
ser posible una solución amistosa, las partes se someterán a los Juzgados y Tribunales
del orden jurisdiccional contencioso-administrativo que resulten competentes.
El presente acuerdo está contemplado en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y se regirá por sus propios términos y condiciones,
aplicándose los principios del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios para
cualquier duda que pueda suscitarse.
cve: BOE-A-2024-17618
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha indicados.–Por la
Universidad de Castilla-La Mancha, Ángela González Moreno, Vicerrectora de
Innovación, Empleo y Emprendimiento, a 24 de mayo de 2024.–Por el Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la Directora General del Servicio
Exterior (P. D. Orden AUC 462/2021, de 28 de abril de fijación de límites para administrar
ciertos gastos y de delegación de competencias), María Hilda Jiménez Nuñez, a 30 de
mayo de 2024.
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